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DOMINGO LAINO

  PARAGUAY: DE LA INDEPENDENCIA A LA DEPENDENCIA - Por DOMINGO LAINO - Año 1976


PARAGUAY: DE LA INDEPENDENCIA A LA DEPENDENCIA - Por DOMINGO LAINO - Año 1976

PARAGUAY: DE LA INDEPENDENCIA A LA DEPENDENCIA

(HISTORIA DEL SAQUEO INGLÉS EN EL PARAGUAY DE LA POSGUERRA)

Por DOMINGO LAINO

Ediciones CERRO CORA

Asunción – Paraguay

1976 (238 páginas)

Libro Paraguayo

 

 

 

A MODO DE PORTADA

 

            El Paraguay padece un inquietante privilegio: una de las rentas per cápita más miserables de América latina. Pero no siempre fue así. Desde la independencia y hasta finales de la década del sesenta del siglo pasado la tierra guaraní conoció un desarrollo independiente, sostenido y autofinanciado que la transformó en una verdadera rareza. Sin parlamentos ni democracias falsificadas, pero acaso con gobernantes mucho más representativos de los intereses nacionales y populares que ningunos otros del continente, el Paraguay llegó a constituirse en un ejemplo abominable. Esto, claro, para los que estaban transitando la vereda opuesta. Monopolios estatales, empresas del Estado, ferrocarriles construidos con dinero local, agricultura diversificada, estancias de la Patria: un panorama ominoso para quienes concebían todo esto como meras aberraciones, insultantes por lo demás a la doctrina liberal.

            ¿Por qué el Paraguay logró articular todo aquello que en el resto de la tierra americana de habla hispano-portuguesa no logró desarrollarse? La respuesta tendrá que ser formulada así:

            a) Porque durante la colonia y hasta bien entrado el siglo XIX careció de materias primas, tesoros y alimentos demandados por las grandes potencias;

            b) Porque la estructura social interna (en virtud de procesos cuyo estudio debe ahondar la historia) careció de grupos económico-sociales significativos, vinculados o necesitados de vincularse con el mundo capitalista más desarrollado;

            c) Porque sólo a partir de la caída de Rosas (1852) comienzan a darse en el Plata y en el Brasil las condiciones para que los liberales vernáculos puedan ocuparse del vecino guaraní, empecinado en marcar un compás histórico diferente.

            Bien ha titulado Laino a su libro: la culminación de la guerra de la Triple Alianza marca el comienzo del oprobio, que la palabra "dependencia" apenas sí logra sugerir vagamente. La independencia, en su sentido más profundo y auténtico (desarrollo con arreglo a los intereses nacionales) termina con el triunfo de los aliados. Lo que de ahí en más ocurre es el objeto de este libro, rico en información y no    escaso de pasión.

 

            León Pomer

 

 

PREFACIO

 

            Desde su nacimiento como República, el Paraguay fue el único país que estableció una política económica independiente. Se constituyó en la única mancha negra en el mapa de los Pueblos de América.

            Este proceso "no dependiente" del saqueador imperio (o de sus naciones satélites) le dio muy buenos resultados: el excedente económico no pasó a los bolsillos de la potencia colonialista y quedó para el desarrollo del Paraguay. Los valiosos recursos naturales del país sirvieron exclusivamente a los intereses de los paraguayos, y no contribuyeron para nada al bienestar de los empresarios metropolitanos.

            Por estas razones, el proceso paraguayo se volvió insoportable para el imperio inglés, que armó a sus tres satélites, y de la manera más espectacular los lanzó contra el Paraguay hasta hacerlo pedazos. Y solamente de esta forma, el país pudo entrar, en el año 1870, en la órbita de los satélites, donde sigue girando hasta nuestros días.

            Muchos historiadores (entre ellos León Pomer) demostraron acabadamente que el estado mayor tenía su sede en Londres, y que el dinero de la Triple Alianza provenía también del mismo lugar; pero tales demostraciones se hicieron, en esencia, sobre la base de actitudes, documentos y relaciones de los tres aliados y la metrópoli.

            Este trabajo también pretende demostrar que la guerra del 70 fue una guerra imperialista; pero fundamentalmente apoyado en el análisis de lo que ocurrió en el Paraguay, desde el momento mismo de la instalación del Primer Gobierno Provisorio, en Asunción de 1869, y cuando todavía el Mariscal López y un puñado de patriotas resistían en los alrededores de Cerro Corá.

            Todas las resoluciones de los gobiernos de la posguerra, y cada uno de los hechos que se sucedieron dentro del país fueron curiosamente coherentes, porque todos los acontecimientos estaban inspirados en una doctrina muy claramente expuesta por los gobernantes testaferros del Paraguay "regenerado". Esta ideología tampoco escapa al análisis del trabajo.

            Pero los intereses materiales también forman el contexto de cualquier doctrina. Esta, directa o indirectamente, defiende unos intereses y ataca otros. Y este hecho es el elemento clave alrededor del cual gira todo el desarrollo de los negocios, que en forma concreta se realizaron en el período de la posguerra.

            Quiero mencionar que no soy un historiador especializado, sino apenas un aprendiz. Pero como es muy poco lo que se ha escrito sobre el período que aquí se estudia, a pesar de tratarse del proceso histórico más apasionante y donde con mayor claridad se observa la razón imperialista de la guerra de la Triple Alianza, consideré muy importante comprobar que fue en esa época que se echaron las bases del Paraguay dependiente, y que sobre esos centenarios cimientos se sigue edificando la entrega hasta nuestros días.

            Son indudablemente ricos y fecundos los sucesos y episodios de la historia del Paraguay, y muy claramente se puede leer en ellos. Los resultados de la independencia económica fueron el incuestionable desarrollo del pueblo y del país, y los de la dependencia, la entrega, la corrupción y la ultra-pobreza.       

            Hechos como los aludidos hacen de nuestra Patria una de las más interesantes naciones del Tercer Mundo.

            El período abarcado en el trabajo es vastísimo, por lo que resulta difícil abordar los diferentes aspectos con todas sus implicancias y particularidades excepcionales. Sólo pretendí esbozar los contornos generales, para que posteriormente los estudiosos e investigadores, sobre la base de este modesto aporte, puedan ir mucho más lejos y se sientan incentivados a profundizar el estudio de asuntos y hechos vinculados al imperialismo y a la dependencia, que tanta importancia e interés tienen hoy día para todos los países pobres y explotados.

            Algunos estudios especiales y conversaciones que mucho valoro precedieron a esta investigación. Debo mencionar, en primer término, al historiador argentino León Pomer. Sin su concurso no hubiera salido a luz este estudio.

            Debo agradecer las correcciones de forma y seguras sugerencias del buen amigo y periodista Miguel Ángel Curiel, que tuvo la gran paciencia de leer todos los borradores del trabajo.

            Los materiales y documentos han sido recogidos en bibliotecas privadas. Debo mencionar a la de mi finado suegro, el Ing. Luis Guanes Machaín, y a la de mi querido amigo el Dr. Manuel A. Radice Barbosa.

            También he contado con la buena voluntad de la Sra. Carmen Garcete de Ruiz, y los doctores Gustavo A. Riart y Jorge Castillo Lagrave, que con mucha gentileza me han prestado algunas obras que me fueron de mucha utilidad.

            Para todos ellos, mis mejores agradecimientos.

            Y para terminar, diré solamente que las ideas sustentadas en el estudio son de mi entera responsabilidad.

 

            Asunción, diciembre de 1973. 

            D. L.

 

 

 

SEGUNDA PARTE

 

DE LA INDEPENDENCIA A LA DEPENDENCIA

 

            Asunción 15 de Agosto de 1869

 

"...el Gobierno Provisorio (...) inaugura la nueva existencia y regeneración de nuestra Patria, a la sombra de los principios liberales del siglo en que vivimos."

           

            Cirilo A. Rivarola

            Carlos Loizaga

            José Díaz de Bedoya

            Ignacio Sosa - Miguel Palacios - Bernardo Valiente - Mateo Collar - José S.         Decoud (siguen las firmas).

 

            Asunción 10 de Setiembre de 1869

 

            "... el Triunvirato (...) la aurora (...) que se levanta (...) el risueño aspecto de una era nueva que se presenta bajo la éjida de los derechos del hombre y cortejada de todos los principios liberales que son el patrimonio de las naciones más cultas (...)."

            "Que las puertas del Paraguay, cerradas y fiscalizadas, sean abiertas de par en par a todos los hombres del mundo que quieran residir entre nosotros, comerciar, ejercer su industria (...)."

 

            Cirilo A. Rivarola

            Carlos Loizaga

            José Díaz de Bedoya

 

            Asunción, Noviembre 25 de 1870

 

            ...nuestro comportamiento debe inspirar confianza al estrangero, al comercio para fijar sus cálculos (...) No nos hagamos ilusiones queriendo escluir á los estrangeros (...) Unidos, paraguayos y estrangeros, no habrá obstáculos al progreso y la civilización (...).

            "Estrangeros, contad con vuestro amigo..."

 

            Cirilo A. Rivarola

            Primer Presidente Constitucional

            del Paraguay de la Post Guerra.

 

 

 

CAPITULO III

REMATES, HIPOTECAS Y EMPRÉSTITOS

 

1870 - 1875

 

            La metrópoli (Gran Bretaña) armó al ejército de la Triple Alianza en contra del proceso de desarrollo independiente del Paraguay, pero la conquista le costó cinco años de trabajo y de sangre, y la victoria sólo pudo ser alcanzada después que el pueblo todo perdió su vida en batallas y combates, hasta la inmolación de López en Cerro Corá.

            Aunque el país estaba en ruinas y todavía despoblado, se iniciaba ya la construcción de la nueva estructura basada en los materiales y elementos indicados por los principios de la "nueva" doctrina. Estos se llamaban empréstitos, hipotecas, remates, ferrocarriles, bancos, tierras enajenadas, y todos por igual evolucionaban hacia la desnacionalización y se dirigían hacia Londres.

            Unos tres meses después de la inauguración de la nueva "era constitucional" (febrero 15, 1871), el Presidente decretaba: "Quedan hipotecadas las fincas del Estado, situadas en la capital, denominadas ‘Cuartel San Francisco’ y las dos aceras de casas de la plaza del mercado nuevo comprendidas entre las calles de Palmas hasta la calle de la Paz, como garantía suficiente para responder a la emisión decretada. La hipoteca durará hasta la total amortización de los 100 mil pesos fuertes emitidos (...). Si por cualquier incidente imprevisto no pudiera amortizarse (...) se procederá a la venta de los referidos edificios...".1

            El 11 de agosto de 1871 se sancionaba la Ley que autorizaba al P.E. para "que proceda a la venta en pública subasta, y a la más alta postura, o que ofrezca mayores ventajas, propiedades del fisco ubicadas en el territorio de la República, hasta la cantidad de 500 mil pesos...".2 Por el mismo decreto se designaban martilleros a E. Guesalaga y Juan O'Leary.

            También en 1871 el país rastreaba en busca de un empréstito en Londres, el que al ser obtenido se constituyó en el primero que el Paraguay contrataba desde su mismo nacimiento como República. En febrero 23 de 1872 se sancionaba la Ley que "autoriza al P.E. para invertir el líquido producto del empréstito realizado en Londres, en la forma siguiente:

1.500.000 pesos fuertes para extinguir la deuda nacional interna.

300.000 pesos fuertes para amortizar el papel moneda en circulación.

700.000 pesos fuertes para dar impulso a la agricultura.

100.000 pesos fuertes para reparación del FF. CC.

50.000 pesos fuertes para instrucción pública.

50.000 pesos fuertes para obras públicas.

500.000 pesos fuertes para la fundación de un Banco Nacional". 3

 

            Muy pronto, en marzo 8 de 1872, se sancionaba una nueva Ley que no sólo establecía contratar un empréstito sino también la creación de una Junta en Londres con el objeto de promover la venta de tierras pertenecientes al Estado:

            "1º) Autorizase al P.E. a levantar un empréstito en la ciudad de Londres sobre los dominios paraguayos, que no exceda de la cantidad de 2,0 millones de libras esterlinas.

            2º) La mitad del producido líquido de este empréstito será destinada a la construcción del FF. CC., locales, caminos, puentes, canales...

            3º) La otra mitad será destinada a fomentar el desarrollo de los intereses generales del país promoviendo la construcción de FF. CC. generales, carreteras, puertos, aduanas, fundando bancos.

            4º) Se autoriza al P.E. para nombrar una Junta en Londres que promueva la venta de tierras fiscales.

            5º) El producto total de la venta de tierras públicas, que se hiciere por la Junta en Londres, será destinado a la amortización y pago de intereses de este empréstito, y

            6º) El P.E. designará la proporción en que deban hacerse las ventas de tierras públicas... ". 4

            Y como no podía faltar la figura de los comisionistas o Intermediarios, en marzo 12 del mismo año, se autorizaba al P.E, para "remunerar a C. H. Ohisen los servicios prestados a la República con la realización del empréstito levantado en Londres...".5

            El 17 de abril de 1873 se autorizaba al P.E. para "que proceda a la venta en moneda papel de la Nación de las propiedades fiscales denominadas ‘Cuartel de San Francisco’ y ‘Recoba’, situadas en la calle Independencia Nacional entre Progreso e Igualdad, cuyo producido será destinado exclusivamente para la amortización del papel moneda nacional cuya quema se hará por una comisión nombrada por el P.E....".6

            A su vez, en fecha junio 30 de 1873, se autorizaba al P.E. para "que disponga del segundo empréstito nacional, hasta la suma de 200 mil pesos fuertes, con el fin de hacer

frente a los gastos que demanda la pacificación del país...".7

            Finalmente, en fecha octubre 19 de 1874, se autorizaba al P.E. "que continúe a la amortización de la deuda interna de la Nación con la venta de las propiedades fiscales que juzgue conveniente y hasta la suma de 300 mil pesos fuertes, bajo las prescripciones de la Ley del 19 de agosto de 1873..." 8; y en fecha noviembre 3 de 1875 "para que se proceda a la venta de tierras fiscales en todo el territorio de la República y hasta un valor de 6,0 millones de pesos fuertes", con algunas reservas especiales y a excepción de los yerbales.9

 

            FERROCARRILES

 

            Con la misma orientación se desarrollaba el proceso relativo a los ferrocarriles. El 4 de mayo de 1871, se autorizaba "para invertir todo el producto del FF. CC. en su conservación y ejercicio hasta tanto se pueda enagenar...",10 y el mismo día también, se sancionaba una ley para "que se pueda enagenar a perpetuidad o tiempo determinado el FF. CC. de la Asunción hasta Villa Rica, con todas sus máquinas, salones, etc. para con su producto atender las urgentes necesidades del Estado...". Además, se establecía "que el P.E. lo hará poner a licitación verbal por el término de 6 meses, sometiendo el resultado de ella a la deliberación del Congreso para su aprobación, y debiendo hacerla publicar en los diarios de la Capital y del Exterior... ".11

            El 15 de julio de 1871, se autorizaba al P.E. para "hacer una emisión de 300 mil pesos fuertes y se ordena hacer su amortización con el producido de la venta del FF. CC.", consignándose también que "si antes de efectuada la venta del FF. CC.", o la negociación del empréstito últimamente sancionado, se estableciese el Banco Comercial del Paraguay, con los dineros que el Gobierno reciba de esta empresa, y que está estatuido en uno de los artículos de su contrato, efectuará en el acto la conversión a la vista...".12

            Sin embargo, el 31 de octubre del mismo año, el Presidente de la República, al considerar que "habiendo quedado en suspenso en el extinguido Congreso un proyecto sobre aplazamiento de la venta del FF. CC., y por otra parte teniendo conocimiento de que se han afectado la vía férrea y demás propiedades fiscales a la realización del empréstito, y debiendo además ser sometidos a la sanción del nuevo Congreso todas las medidas de trascendencia, Acuerda y Decreta:

            "Queda aplazada la venta del FF. CC. hasta tanto que el nuevo Congreso dicte una nueva Ley sobre la materia. . ." 13

            Con relación al FF. CC. y dentro del quinquenio que estudiamos (1870-75), restan dos últimas leyes: la primera de fecha agosto 4 de 1873, que autorizaba al P.E. para "que invierta la suma de 20 mil pesos fuertes para reparar la vía y trenes rodantes...",14 y la otra, de fecha 20 de enero de 1874, que "autorizaba al P.E. para que proceda a la enajenación del FF. CC. del Estado existente, con sus útiles, tren rodante, estaciones y telégrafos, bajo las siguientes condiciones: a) Será obligación del comprador prolongar la vía de Paraguay a Villa Rica, en el término de 10 años; b) se dará al comprador una legua de terreno a cada lado de la vía donde hubiere terreno fiscal, dándole en otra parte, en compensación de los terrenos particulares por donde tiene que pasar la vía, y c) la concesión de una legua a cada costado de la vía de que habla el inciso anterior, se comprenderá de Paraguarí en adelante. Se garantiza el 7 % de intereses sobre un capital de 8 mil libras por cada milla de 1.770 yardas, medida inglesa, que construya dicho comprador". Además se establecía que "el producto líquido de esta venta será exclusivamente destinado al servicio de intereses y amortización de los empréstitos de 1871 y 1872.

 

            BANCOS

 

            Los Bancos siempre fueron, y hoy lo siguen siendo, compañeros inseparables del imperialismo. En el nuevo Paraguay dependiente, su presencia no podía hacerse esperar y, en marzo 7 de 1872, se empezó por "autorizar al P.E. a contratar con Baring y Hermanos de Londres, para la fundación de un Banco Nacional del Paraguay.. .",16 aunque en enero 23 de 1874 se sancionó una Ley que decía: "No habiendo dado debido cumplimiento los señores Waring * Hermanos y Compañía de Londres a su contrato sobre Banco celebrado con el Gobierno de la República, en virtud de la Ley de marzo 7 de 1872, queda nulo y sin valor dicho contrato, si en el término de 3 meses no se lleva a efecto... ".17

            Una Ley más explícita se sancionaba en fecha julio 10 de 1874, al autorizarse al P.E. para contratar el establecimiento de un Banco. En el capítulo Primero se expresaba:

"Establécese una S.A. bajo el nombre de Banco Nacional del Paraguay. . . ", resultando lo más curioso que el propio título del Capítulo Noveno era designado con las palabras "Comité en Londres", al estipularse que "los administradores residentes en Europa formarán en Londres un Comité encargado de los intereses del Banco en el estrangero. El Ministro del Paraguay en Londres será miembro nato del Comité, pero solamente con voz consultiva. Todo asunto que afecte al crédito y la posición del Banco o la situación financiera del Gobierno en el estrangero, así como todas las cuestiones de importancia considerable, tales como las relativas a suscripciones públicas, operaciones sindicales, o empresas en que la sociedad tuviese que aparecer públicamente; el nombramiento de administradores, llamamiento de fondos, destino y aplicación de los fondos de reserva, formación de sucursales o agencias en el estrangero, serán sometidas previamente al Comité de Londres antes de ser decididas por los administradores residentes en el Paraguay...".18

 

            DE LA MANO: DEPENDENCIA Y CORRUPCIÓN

 

            El sumo dinamismo y la incuestionable y bien definida dirección que siguió el proceso que analizamos no permitían que las representaciones consulares de Paraguay en Londres y de Inglaterra en Asunción permanecieran en una suerte de adormecida quietud.

            El 10 de mayo de 1871, "nombrase Cónsul General de la República en la ciudad de Londres, y con residencia en la misma, a Máximo Torrero".19 Cinco meses después, el 9 de octubre del mismo año, éste ascendía al cargo de "Cónsul General de la República en el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda".20 Pero allí no paró el ascenso de dicho personaje. En marzo 21 de 1872, "considerando que las importantes operaciones financieras que hemos realizado en Londres y la prosecución de otras que actualmente se gestionan, reclaman el nombramiento de un Encargado de Negocios en Inglaterra para que sirva de mejor garantía (...) nómbrase a Máximo Torrero, Encargado de Negocios de la República del Paraguay en el Reino de la Gran Bretaña..." 21

            A su vez empezaban a surgir otros nombres: en mayo 20 del mismo año, se nombraban "en los cargos de Cónsul y Vicecónsul de la República en la ciudad de Londres a Juan y Jorge Fleming, respectivamente...". 22    Pero los negocios entre Paraguay y Londres seguían exigiendo, y, en consecuencia, el 1° de julio de 1872, se nombraba a "Gregorio Benítez, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario del Paraguay cerca de los Gobiernos del Reino Unido de la Gran Bretaña, Francia, Alemania, Italia y Corte Pontificia...".23

            Meteórico como fue en muchos casos el ascenso de nuestros agentes consulares y enviados especiales ante Londres, así también resultó varias veces su descenso.

            El 20 de diciembre de 1872; cesaba en el desempeño de su cargo ante la Gran Bretaña, Máximo Torrero, y era nombrado para reemplazarlo León Levi.21

            Por razones de conveniencia para el servicio público, y poco tiempo después (febrero 19 de 1873), también cesaban en sus funciones los Cónsules Fleming de la Gran Bretaña, 25 por las mismas razones que en el caso anterior. Las cosas Continuaron hasta alcanzar también a nuestro nativo enviado especial, cuando un decreto sancionado el 19 de mayo de 1874 establecía: "Desapruébase en absoluto el proceder de Gregorio Benítez, como Ministro Plenipotenciario en Europa, respecto a sus operaciones financieras, por ilegal y fraudulento...". 26

            Nuestro objetivo, al señalar los hechos precedentes, no es el de analizarlos, sino tan sólo consignar que es muy frecuente y casi característico, el que los negociados acompañen a los negocios de la dependencia. La corrupción y la entrega son como hermanas que caminan bien tomadas de la mano.

            Finalmente, otra disposición adoptada dentro de este quinquenio, que facilitaba aún más las operaciones del capital extranjero dentro del país, está contenida en el decreto del 14 de febrero de 1871: "Las libras esterlinas inglesas correrán por valor de 5 pesos fuertes cada una, y las monedas de 20 francos franceses por 4 pesos...". 27

 

 

NOTAS

 

1 Registro Oficial de la Rep. del Paraguay, 1869 a  1875. (Tomo I). Litogr. Impr. Encuad. Stiller y Laass, San Martín 160. Buenos Aires. Editores Fischer y Quell - Bazar y Librería "La Ciudad de Berlín". Calle Palmas esquina Atajo. Asunción 1887. Página 169.

2 Ídem. Páginas 231, 232 y 252.

3 Ídem. Página 404.

4 Ídem. Página 404.

5 Ídem. Página 406.

6 Ídem. Página 437.

7 Ídem. Página 445.

8 Ídem. Página 599.

9 Ídem. Páginas 830 a 832.

10 Ídem. Página 189.

11 Ídem. Página 190.

12 Ídem. Páginas 215 y 216.

13 Ídem. Página 272.

14 Ídem. Página 456.

15 Ídem. Páginas 503 y 504.

16 Ídem. Página 405.

17 Ídem. Página 505.

18 Ídem. Páginas 558 a 563.

19 Ídem. Página 192.

20 Ídem. Página 263.

21 Ídem. Páginas 311 y 312.

22 Ídem. Página 324.

23 Ídem. Página 339.

24 Ídem. Página 390.

25 Ídem. Página 423.

26 Ídem. Página 542.

27 Ídem. Página 168.

 

 

 

 

CAPITULO IV

 

LA VENTA CONTINÚA

 

1876-1880

 

            El segundo quinquenio de la posguerra siguió por las mismas huellas que el primero. De 1876 a 1880, el área de la desnacionalización se extiende mucho más y la dependencia de Londres avanza y se fortalece. El Estado continúa despojándose de sus bienes y los edificios y propiedades fiscales pasan al dominio privado.

            Por un Decreto de mayo 27 de 1876, se autorizaba al P.E. para "que proceda a la venta de dos casas con el terreno correspondiente del ‘Cuartel San Francisco’ y los terrenos fiscales denominados ‘Campos del hospital’...".1 Por Ley de agosto 19 de 1876, también se autorizaba para "vender todos los edificios fiscales que se hallen situados en los terrenos del Estado solicitados por Ley del 4 de noviembre de 1875 (...) las ventas se harán en papel moneda...".2 En fecha 15 de diciembre de 1876, se promulgaba la Ley que autorizaba al P.E. "para que venda propiedades fiscales pudiendo recibir en pago títulos de la deuda interna, papel moneda en actual circulación, cédulas territoriales...".3 Por Ley del 29 de diciembre de 1876, se autorizaba la "venta en pública subasta y papel moneda nacional, del edificio denominado ‘Club Nacional’, situado en las calles Palmas, 25 de Diciembre y Atajo...".4 Y por último, la Ley del 27 de mayo de 1878, autorizaba la "venta en oro y en pública subasta, sin tasación, de la casa denominada ‘Aduana Nueva’ con el terreno de su ubicación...".5

            Además, otra clase de bienes pertenecientes al fisco pasan al dominio privado. Por Ley de mayo 9 de 1879, se autorizaba al P.E. para "que proceda a la venta en remate público, de la imprenta de propiedad fiscal, con todos sus enseres y útiles existentes; en adelante, el Gobierno pondrá a licitación la publicación de un boletín oficial, así como todos los trabajos de impresión que fueren necesarios...".6 El fundamento de esta disposición se basaba en la "nueva" doctrina, según la cual "el Estado es muy mal administrador". (El hecho de que Francia y López hayan demostrado lo contrario no contaba: habían sido "monstruos y tiranos".)

            Hemos consignado anteriormente que el Gobierno Provisorio, por un Decreto del año 1869, establecía la libertad para la explotación particular de la yerba-mate y maderas, monopolizadas por los gobiernos anteriores.

            Esto se proyecta en parte en la Ley de fecha 19 de junio de 1880, cuando se establecía que "el beneficio de las maderas en los montes del Estado podrá concederse por un término limitado que no excederá de tres años (...) y que los concesionarios podrán practicar los trabajos de explotación con entera libertad...".7

            Se legisla también, en su otra parte -relativo a la yerba mate- en la Ley del 9 de junio de 1879, cuando en su artículo 19 establecía: "Autorizase al P.E. para que conceda

a Patricio Escobar y Cía., por el término de 10 años a contar desde el 1º de enero de 1880, la explotación de los yerbales del Alto Paraná, en la zona comprendida desde la margen izquierda del río Monday, que desemboca en el río Paraná, a distancia de 6 a 8 leguas, arriba de la Villa Azara, hasta ‘Caremá’ inclusive". El artículo 2º decía: "La yerba que la compañía elabore en la zona y dentro del período de su concesión, no pagará otras contribuciones, ya sean fiscales o municipales, que la de 12 pesos fuertes por cada 1.000 arrobas, en vez del derecho de patentes según leyes vigentes"; obligando el artículo 6°: "Como compensación de esta concesión, la compañía abrirá a su costa un camino carretero, que partiendo de Caaguazú termine en Tacurúpucú...".8

 

            UN ELEMENTO CLAVE

 

            Esta primera concesión, otorgada por el Estado a una compañía para la explotación de la yerba mate y en las enormes dimensiones señaladas en la Ley, podría constituirse en uno de los elementos claves para el estudio del origen y evolución de una de las primeras empresas latifundistas que se instalaron en el país y que hasta nuestros días sigue operando en los yerbales de la región Oriental.

            Sólo recordemos que más de tres décadas después de le promulgación de la mencionada Ley, W. J. Molins escribía: "Tacurúpucú es el asiento principal de ‘La Industrial Paraguaya S.A.’ (...) es el puerto de embarque y punto central de la administración de la zona (...) 900 peones trabajan en Tacurúpucú...".9

            Además, llama la atención el nombre de la compañía concesionaria, pues, por esa misma época, Patricio Escobar ocupaba el cargo de Ministro de Guerra y Marina, y todavía resulta más curioso que uno de los firmantes de dicha Ley de concesión, Bernardino Caballero, estuviera siempre muy ligado, como socio fundador, a la empresa que más tarde operó sobre los mismos yerbales y que hasta el presente se denomina ‘La Industrial Paraguaya S.A.’.

            En capítulos posteriores analizaremos mejor el resultado de las inversiones de todas las grandes empresas como la recién mencionada.

            Dentro de este quinquenio, las relaciones entre Asunción y Londres, con los empréstitos de 1871 y 1872, las ofertas y contraofertas que iban y venían con todos los negociados y sus turbias implicancias, parecían dirigirse hacia un convenio definitivo. Este fue elaborado -aunque al final no resultó definitivo- en una reunión celebrada en Londres, el 23 de marzo de 1876, entre el Comisionado de la República, Cándido Bareiro, la Corporación de Tenedores de Bonos Extranjeros, en representación de los tenedores de bonos de los empréstitos de 71 y 72, y el Banco Nacional del Paraguay Limitado.

            El mencionado convenio, con sus 12 artículos y numerosos incisos, resulta un documento bastante extenso, pero hemos preferido insertarlo, sin pretender resumirlo. Es que se trata de algo trascendente, no sólo por su valor histórico, sino porque cada una de sus cláusulas resulta algo así como una fotografía, donde se puede apreciar con entera claridad el Paraguay de esa época de posguerra.

 

            LONDRES: CONVENIO HISTÓRICO

 

            "Convenio celebrado y firmado hoy día 23 de Marzo de 1876, entre S. E. Sr. Bareiro, comisionado especial del Gobierno de la República del Paraguay, la Corporación de Tenedores de Bonos Estrangeros, en representación de los Tenedores de Bonos de los Empréstitos arriba citados (de 1871 y 1872), y el Banco Nacional del Paraguay Limitado.

            Art. 1°) En este Convenio las siguientes expresiones tendrán los siguientes significados:

            a) Gobierno significa el Gobierno de la República del Paraguay.

            b) Los Bonos significan los Bonos de los empréstitos arriba citados, existentes en plaza, y los Tenedores, los tenedores de los citados bonos.

            c) El Banco significa el Banco Nacional del Paraguay Limitado.

            d) El Council significa el Consejo de la Corporación de los Tenedores de Bonos Estrangeros.

            Art. 2°) El Gobierno dará al Banco la concesión esclusiva por 30 años, contados desde Julio 1°, 1876, para sus transacciones bancarias en el Paraguay, que empezará tan pronto como las 5.000 acciones (A) de su capital, hayan sido colocadas y remitidos a la Asunción el producido de la primera cuota sobre dichas acciones. Pero si en los 30 años no fuere redimida la deuda externa en su totalidad, el período de la concesión será prorrogado hasta la completa extinción de dicha deuda.

            Art. 3°) La concesión del Banco comprenderá los derechos y privilegios siguientes:

            a) La donación in perpetuo del Palacio de López u otro edificio fiscal de la Asunción para el establecimiento de sus oficinas.

            b) Derecho de emitir billetes de banco desde el valor de 5 centavos de pesos fuertes por valor triple de su capital efectivo. Estos billetes serán de curso legal en la República y convertibles en la misma, en oro o plata sellada, al portador y a la vista.

            c) Derecho de emitir otros billetes que no sean de curso legal ni convertibles, sino por medio de giros sobre Buenos Aires, Río de Janeiro o Montevideo.

            d) Derecho de acuñar moneda fraccional metálica de menor importe de 50 centavos de pesos fuerte, previo acuerdo con el Gobierno, respecto del valor de los sub-múltiplos.

            e) Exención para los empleados del Banco o de sus negocios anexos, como son los de explotación del ferrocarril, de los yerbales y demás que emprendiere, de todo servicio obligatorio militar o no, de contribuciones personales y de préstamos forzosos.

            f) Exención de las propiedades del Banco de todo impuesto o contribución, etc., etc.

            g) Exención de los billetes y letras de cambio de banco, del derecho de timbre o sello.

            h) El derecho de fijar cualquiera tasa de interés y comisión, a defecto de previo acuerdo, un 15 % anual será el interés legal.

            i) Derecho a preferencia a toda concesión para la prolongación del ferrocarril y para toda obra pública.

            j) Gozará de los privilegios fiscales para todos sus créditos.

            k) Exclusiva concesión para explotar los yerbales por 20 años contados, según el artículo 12, quedando reservadas de toda venta o enajenación las tierras públicas en que existe la yerba, cuyo beneficio y producto se considerarán libres de derecho o impuestos fiscales o municipales, pudiendo, además, el Banco arrendar o trasferir esta concesión. El Gobierno dispondrá la manera o modo de rescindir toda otra concesión o privilegio posterior a 1871 que afecte la presente. La mitad del producido líquido de los yerbales quedará a favor del Banco, disponiéndose de la otra mitad de conformidad con el Artículo 8°.

            l) La adquisición a cambio de 2.500 acciones A y 12.500 acciones B (*) de Banco, cada una de libras 10, del ferrocarril del Estado de la Asunción a Paraguarí, con más de una milla de tierras públicas en ambos costados a lo largo de toda la línea, sustituyéndose las porciones que sean de propiedad particular con tierras públicas adyacentes, a elección del Banco.

            m) Concesión para la prolongación hasta Villa Rica u otros puntos de la línea férrea actual, por medio de una compañía separada o de otra manera. Las acciones prolongadas de la línea gozarán de la misma donación de tierras adyacentes que la línea principal.

            n) El Banco será receptor general de las rentas fiscales de la República y pagador general del Gobierno, mediante una comisión que se acordará.

            o) La conjunta administración con el Gobierno de una oficina de tierras públicas que creará el Gobierno.

            p) Exclusivo derecho de encargarse, a comisión, de toda operación financiera o nuevo empréstito que haga el Gobierno.

            Art. 4°) De las 2.500 acciones A y 12.500 acciones B que el Banco debe dar en pago del ferrocarril y tierras mencionadas en el Artículo 3° inciso 1° se dispondrá como sigue: las 2.500 acciones A serán entregadas al Gobierno y las 12.500 acciones B serán inscritas en nombre de los depositarios que designe el "Council", teniendo éste la facultad de venderlas, previa notificación de 6 meses al Gobierno, en cualquiera época posterior al 1° de Julio de 1876, si antes no hubieren sido redimidas por el Gobierno a la par. El producto de esta redención o venta, será invertido en la compra de Bonos en la Bolsa, y los dividendos que les hubieren cabido antes de la redención o venta destinados exclusivamente al servicio de los bonos, según el inciso 2º del artículo 8º.

            Art. 5º) Las tierras y edificios fiscales de la República (con excepción de los que tienen que ser donados o vendidos al Banco, y de los afectados al valor de las cédulas territoriales -Land Warrants- con que se sustituirán las obligaciones que representan la deuda pública interna, de conformidad con el inciso 3º del artículo 8º, y de los que el Gobierno destine de acuerdo con el Banco, al servicio de la administración pública, o los reserve para propósito del fomento de la inmigración), serán en forma legal hipotecados al Banco, con la facultad de vender, arrendar, o de otra manera disponer de dichas propiedades a precios y en condiciones que de tiempo en tiempo se acordarán entre el Gobierno y el Banco, debiendo el producido que resulte de lo que queda estipulado, deducida que sea la comisión del Banco, ser invertido según el Artículo 8°.

            Art. 6º) Los derechos de Aduana y demás impuestos y contribuciones públicas de cualquiera denominación y naturaleza que sean, así como el producido de las ventas o arriendos de las propiedades fiscales, serán recolectados por el Banco o abonados en sus arcas para su inversión de conformidad con lo que se determina en el Artículo 8°. El Gobierno deberá mantener una tasa de derechos de importación y exportación y demás impuestos que, sin porción indebida, produzcan lo suficiente, conjuntamente con las ventas de otras procedencias, para atender al servicio de los bonos en los términos del inciso 2º del Artículo 8º.

            Art. 7º) Los cupones vencidos de los bonos y a vencer hasta el 16 de Diciembre del corriente año y 14 de Enero de 1877 serán capitalizados, cambiándolos por igual valor nominal de los bonos no emitidos del empréstito de 1872. La cantidad que sobrare de bonos no emitidos, después de esta operación y de emplear la porción que fuere necesaria para levantar alguna hipoteca o gravamen que pese sobre ellos y para cubrir los gastos y comisiones mencionadas en el Artículo 10º, será retenida en manos del Banco, a la disposición del Gobierno, pero no podrá ser emitida sin que primero se satisfaga a los tenedores de bonos en reunión pública celebrada en Londres, que el Gobierno dispone de suficiente renta para atender el servicio de los bonos en plaza y de los que se proponga emitir. La tasa del interés de los bonos, después de la capitalización de los cupones, quedará reducida como se establece en el inciso 2º del Artículo 8º.

            Art. 8º) Todo dinero que reciba el Banco por cuenta del Gobierno, en virtud de los artículos precedentes, deducidos que sean los gastos y comisiones generales sobre percibo y pagos, será destinado, durante el período de la concesión del Banco, a los fines siguientes:

            1) En proveer al servicio del presupuesto de gastos generales de la Nación, que no deberá exceder de Libras 90.000 al año.

            2) Tres cuartas partes del excedente con todo el dividendo sobre las 12.500 acciones B, serán entregadas al "Council" o al Banco que este designe, por cuotas trimestrales, para:

            A. El pago semestral del interés de los bonos a partir del 19 de Julio de 1877, conforme a las tasas siguientes:

            El 1º de Julio de 1877 y 19 de Enero de 1878 a razón de 2 al año.

            El 1º de Julio de 1878 y 19 de Enero de 1879, 3 % al año.

            El 1º de Julio de 1879 y 19 de Enero de 1882, 4 % al año.

            El 1º de Julio de 1882 y 19 de Enero de 1887, 5 % al año.

            Y en adelante, hasta la completa extinción de los bonos a razón del 6 % al año.

            Si en alguno de los pagos semestrales hubiere déficit, el Banco expedirá, a nombre del Gobierno, certificados por el monto del déficit, que gozarán un interés de 5 % al año. Estos certificados serán pagados con preferencia a los cupones que venzan nuevamente.

            B. La suma que sobrare de dichas tres cuartas partes del excedente de las 90.000 libras, después de los pagos trimestrales de los intereses hasta el 1º de Enero de 1887 inclusive, será invertida, pero solamente hasta el 2 % sobre el monto de bonos en plaza, en compra de bonos en la Bolsa de Londres, para su cancelación con anuencia del "Council".

            C. A partir del 1º de Enero de 1887, con ese mismo sobrante se creará un fondo acumulativo del 2 % sobre el monto de los bonos en plaza el 1º de Julio del mismo año, de los que después se emitan para la amortización gradual de la deuda, por sorteos trimestrales en Londres, a la par, en la forma acostumbrada.

            D. Los bonos de 1871 y 1872 quedan asimilados por este convenio, y serán, por lo tanto, considerados como procedentes de un solo empréstito.

            E. Si después de cubrir los pagos mencionados en las cláusulas A, B y C del inciso 2º de este artículo, sobrare alguna suma de las tres cuartas partes del excedente de 90.000 libras la suma sobrante quedará a la disposición del Gobierno.

            3) El otro cuarto del excedente de 90.000 libras se invertirá en pago del interés y la amortización de la deuda interna estimada en 500.000 libras. Las órdenes de pago y letras de Tesorería que representan estas deudas serán cambiadas y reemplazadas por cédulas territoriales -Land Warrants- u otros títulos que el Gobierno y el Banco acuerden. En el caso de extinguirse la deuda interna antes que la externa, todo el excedente de las 90.000 libras será destinado al servicio de la última en los términos del inciso 2º de este artículo.

            Art. 9º) El Banco será el Agente de los tenedores de Bonos y del "Council" en el Paraguay.

            Art. 10º) Corren a cargo del Gobierno los gastos y comisiones (salvo lo de la creación del Banco) originados por este convenio, incluso la omisión del 1 % al "Council" sobre el monto de los bonos en plaza, pagadera al recibirse en Londres el aviso de la ratificación mencionada en el Artículo 12°, e igual comisión sobre los bonos que quedan en depósito, pagadera en proporción y a medida de las cantidades que se vayan emitiendo. El Gobierno, a su elección, atenderá a estos gastos y comisiones con las 2.500 acciones A, referidas en el Artículo 4°, o con bonos no emitidos del empréstito de 1872.

            Art. 11°) Cualquier artículo o estipulación de este convenio podrá ser alterado, modificado, sustituido o suprimido, con acuerdo del Gobierno, del "Council" y del Banco, obligando a los tenedores de Bonos a conformidad del "Council". Toda diferencia o desacuerdo respecto a este convenio que sobrevenga entre las partes, será sometido a arbitraje en Londres.

            Art. 12°) Este convenio será nulo y de ningún valor si no fuese ratificado por el Congreso de la República del Paraguay para el 31 de Agosto próximo o dentro de un nuevo plazo sometido por el "Council", y si no se sancionasen las leyes y reglamentos necesarios para su ejecución, y también en el caso de no empezar el Banco sus operaciones dentro de los 4 meses corridos desde la fecha de la notificación en Londres de dicha ratificación.

            Firmado por el comisionado especial del Paraguay, por una comisión del "Council of Foreign Bondholders y otra del Banco.10

 

            PRONTA DIGESTIÓN

 

            A pesar de los fuertes condimentos del convenio, y sus cláusulas gravemente antinacionales, el Gobierno de entonces muy pronto lo pudo digerir, y ya en junio 23 de 1876, establecía: "Aceptase el convenio celebrado en Londres, el día 23 de marzo del corriente año, entre el comisionado del Gobierno, Cándido Bareiro, la corporación de tenedores de bonos extranjeros y el Banco Nacional del Paraguay Limitado...".11

            Pero como para los ingleses y para la nueva "doctrina" del país regenerado, el formalismo ocupaba un lugar de preeminencia, el Congreso de la Nación también tuvo que expedirse.

            Así es como, el Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Paraguaya, reunidos en Congreso sancionaron con fuerza de Ley: "Art. 1º) Autorizase al Poder Ejecutivo, para que una vez recibidas las 2.500 Acciones A y las 12.500 Acciones B del ‘Banco Nacional del Paraguay’, como precio de la venta del ferrocarril del Estado de la Asunción a Paraguarí, le haga entrega de él, con todas sus dependencias, estaciones, tren rodante, talleres, útiles, enseres y todo lo de su pertenencia, con más de una milla de terreno fiscal a cada lado de la vía y en toda su extensión, en la forma acordada en el convenio firmado en Londres el 23 de marzo último, expidiéndose a favor del referido Banco los correspondientes títulos de propiedad. Art. 2º) El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley...".12 Esta Ley fue sancionada por el Congreso en fecha 30 de junio de 1876 y promulgada por el Poder Ejecutivo en fecha julio 4 de 1876.

            Mas como con dicha Ley se aprobaban solamente algunas cláusulas del convenio, en la misma fecha otra vez, los Diputados y Senadores se expedían así: "Art. 1º) Autorizase al Poder Ejecutivo para que tan pronto como el ‘Banco Nacional del Paraguay’ quede establecido en esta capital, le haga donación gratuita, perfecta e irrevocable del edificio del Estado situado en la calle de Palmas números 8 y 10, entre las calles Atajo y 25 de Diciembre, conocido con el nombre de Club Nacional, expidiéndosele los respectivos títulos de propiedad...".13

            Pero algo faltaba todavía, por lo que el mismo Congreso, cuatro días después, en junio 4 de 1876, sancionaba otra vez con fuerza de Ley: "Art. 1º) Queda estancada la yerba mate en todo el territorio de la República desde el 1º de setiembre próximo, debiendo durar por el término de 20 años. Art. 2º) Concédese un plazo de 4 meses a partir del 1º de setiembre, para que pueda disponerse de la yerba elaborada hasta el 31 de agosto, término de la cosecha del presente año. Art. 3º) El Poder Ejecutivo dictará los reglamentos que crea oportunos y tomará las medidas que juzgue más convenientes para el mejor cumplimiento de la presente ley...".14 Esta Ley fue promulgada por el Poder Ejecutivo en fecha julio 5 de 1876.

            El Artículo 3º, inciso K del convenio celebrado en Londres, establecía la exclusividad de la concesión para explotar los yerbales por el término de 20 años, y por esta razón el Artículo 1° de la Ley menciona el mismo término de estancamiento para la yerba mate.

 

            PROBLEMAS... EN LONDRES

 

            No obstante haberse cumplido con todos los requisitos y formalidades "constitucionales" que mucho agradaban a los "ideales" ingleses y a la nueva doctrina del país regenerado, y a pesar de que las leyes estaban acabadamente sancionadas, con las firmas y sellos de los más altos "dignatarios" de la República del Paraguay, pareciera que en Londres las cosas no andaban bien entre comisionistas, tenedores de bonos, etc.

            Una prueba de ello es que, en octubre 19 de 1876, el Presidente de la República del Paraguay establecía: "Haciéndose necesaria la reunión del Congreso Legislativo de la Nación, entre otras causas para resolver las cuestiones que se suscitan con motivo del convenio celebrado en Londres (...) Decreta: Convócase a sesiones extraordinarias al Congreso de la Nación (...) desde el 15 de noviembre próximo".15

            Pero en Londres las "incomprensiones" proseguían y otro decreto lo notifica: "Considerando el lento desarrollo de las gestiones sobre el convenio de Londres, debido a causas inesperadas y de todos conocidas, han impedido al Poder Ejecutivo el preparar el estudio de dicha materia (...) por lo tanto Decreta: Prorrogase la convocatoria extraordinaria del Congreso para el 1° de diciembre del corriente año...".16

            Hasta que finalmente, y como los problemas suscitados en Londres no pudieron resolverse, se promulgaba una Ley, en fecha diciembre 12 de 1876, que decía: "Habiendo quedado sin efecto el convenio celebrado en Londres, con el consejo de tenedores de bonos extranjeros en representación de los tenedores de bonos de los empréstitos paraguayos de 1871 y 1872, y el Banco Nacional del Paraguay, aprobado el 28 de junio del corriente año; quedan derogadas desde esta fecha las leyes anexas al expresado convenio referentes al estanco de la yerba, venta del ferrocarril y donación de una casa del Estado para el Banco".

            Volvemos a repetir que el convenio no tenía desperdicios, no dando lugar a comentarios, pues todas sus cláusulas resultan claramente lapidarias para el Paraguay. De cualquier manera el convenio se frustró; pero esto ocurrió sólo por causas extra nacionales y fue en Londres donde surgieron los problemas, ya que en el Paraguay, el proyecto corrió con vía libre, cumpliéndose rápida y acabadamente con todos los requerimientos legales y constitucionales.

            Dentro de todo el proceso de dependencia y entrega que siguió a la guerra del 70 y de todo lo que en adelante veremos hasta nuestros días, el mencionado convenio representa todo un documento históricamente vergonzoso para el país: hasta el Palacio de Gobierno se donaba in perpetuo.

 

            CONTINÚA LA ENTREGA

 

            Pero las cosas no terminaron allí: con otras disposiciones más o menos entreguistas, aunque a través de personas o instituciones distintas, en forma parcial y por rubros, se siguió entregando al país, y la dirección de la entrega siguió un mismo e inexorable destino: Londres.

            Después del fracaso de las negociaciones, enseguida se iniciaron los preparativos de venta de los ferrocarriles del Estado. Así, en diciembre 30 de 1876, una Ley decía: "Artículo 1º) Autorizase al Poder Ejecutivo para que proceda a la venta del Ferrocarril del Estado de la Asunción a Paraguay, por créditos de la deuda interna, con excepción de los ochenta y tantos mil pesos fuertes que se adeudan a la tesorería del imperio del Brasil, por la compra del tren rodante, verificada en tiempo del Triunvirato, cuya cantidad debe ser entregada en moneda metálica, concediéndose al comprador 10 cuadras de 100 varas de tierras fiscales en ambos costados de la vía férrea, en toda la línea, dejando a salvo las tierras particulares y los ejidos de los pueblos que se encuentran sobre la línea, acordándosele, además, por el término de 20 años, el privilegio de prolongar hasta Villa Rica la línea térrea actual, por medio de una compañía separada o de otra manera. Las acciones para prolongar la vía gozarán de la misma donación de tierras adyacentes que la línea principal, siendo obligación del comprador conservar ésta en estado de tráfico. Artículo 2º) Queda incluido en ésta el ramal urbano del ferrocarril que, partiendo de la estación central va hasta el puerto, debiendo el comprador comprometerse a afianzar el piso de la calle que sigue dicho ramal y sujetarse a los reglamentos municipales en cuanto a las horas de tráfico, velocidad y medio de locomoción por esta vía. Artículo 3º) El precio de esta venta no podrá bajar de Un Millón de pesos fuertes, pagaderos en los términos del Artículo 1º, y tendrá que practicarse por licitación verbal en el Ministerio de Hacienda, previo aviso por los diarios con 60 días de anticipación. Artículo 4º) Se declaran libres de derecho por 10 años los materiales que se importen con destino a la refacción de la línea férrea o a la reposición o aumento del tren rodante. Artículo 5º) Se declaran asimismo libres de todo derecho de importación, por el término de 20 años, los materiales destinados a la prolongación de la línea hasta Villa Rica. Artículo 6º) El ferrocarril y sus dependencias, con sus estaciones, talleres, y útiles, están exentos por un período de 25 años de toda contribución directa, ya sea fiscal o municipal. Artículo 7º) El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley".18

            El Ejecutivo no hizo esperar su decreto reglamentario y en enero 16 de 1877 establecía que: "Dando el debido cumplimiento al Artículo 7º de la Ley sobre venta del ferrocarril del Estado promulgado con fecha 30 de diciembre de 1876"; 19 mencionando más adelante la serie de condiciones sobre la forma de recibir las propuestas de compra del ferrocarril y señalando el 17 de marzo venidero como día de recepción de dichas propuestas y de la adjudicación al mejor postor.

            La última disposición del segundo quinquenio referente en parte a los ferrocarriles se promulgaba en fecha 30 de octubre de 1878. En el Artículo 1º) "Se autoriza al Poder Ejecutivo para celebrar un contrato con H.C. Fernando Rohe, para colonización y prolongación de la línea férrea de Paraguarí a Villa Rica, bajo las bases siguientes: (...) la línea férrea de Asunción a Paraguarí a ser prolongada hasta Villa Rica en un plazo de 18 meses, a contar desde el 19 de febrero de 1879 (...). 3) Tan pronto como quede inaugurada la línea, al tenor del artículo anterior, se adjudicarán al Sr. Rohe, gratis en propiedad, 2 millas de tierra a cada lado de la vía y en toda su extensión, desde Paraguarí hasta Villa Rica. 4) Se adjudicarán igualmente gratis, a su favor, los terrenos municipales necesarios para la construcción de las estaciones del ferrocarril, en el expresado trayecto. 5) Si sobre esa línea hubiese terrenos particulares que imposibilitaran la ejecución total o parcial del Artículo 3º, el Gobierno se compromete a darle su equivalente en otros terrenos situados en parajes próximos a la línea, debiendo el total de los terrenos cedidos ser igual a una superficie de 4 millas cuadradas por cada milla de extensión de la línea de Paraguarí a Villa Rica. 6) Los terrenos municipales cedidos para estaciones, no están ni deben estar comprendidos en el cálculo anterior. 7) Quedan en vigencia para esa línea todas las cláusulas concedidas en la escritura de compra-venta del ferrocarril de la Asunción a Paraguarí firmado entre el Gobierno de la República y los Señores Travassos y Compañía. 9) En el término de 2 años, contados desde el 1º de febrero de 1879, el Sr. Rohe deberá traer al Paraguay 500 colonos adultos, de raza europea o americana, y 1.000 más en un plazo de 3 años, contados desde el día que expire el primer plazo (...).16 Tan pronto como sea legalmente aprobada esta propuesta, el Gobierno le cederá el uso gratuito del arsenal de marina con todas sus dependencias y terrenos que le corresponden, debiendo extenderle también gratuitamente los títulos de propiedad...".20

            Y así el proceso de entrega continuó: los edificios del Estado, las tierras fiscales y por la última Ley, hasta el arsenal del Estado, que en los tiempos de "los tres tiranos" era fábrica de buques mercantes y de guerra y hasta de motores a vapor.

 

            EN EL SECTOR BANCARIO

 

            El sector bancario no podía quedar atrás: la "civilización" obligaba también aquí a recurrir a Londres.

            La Ley de concesión de junio 7 de 1880 establecía: "Art. 1º) Concédese a la S.A. de Londres, representada por A. F. Baillle, la facultad de establecer en esta capital un Banco de Emisión, depósito y préstamos, y con poder de hacer en general toda clase de operaciones bancarias, con sucursales en los puntos del litoral y del interior del país en que la sociedad lo juzgue conveniente. Art. 2°) Esta concesión se hace por el término de 25 años (...) durante los cuales el Banco gozará de los siguientes derechos: a) El de fijar la tasa del interés del dinero para sus operaciones de entrega y recibo. b) El de ser exceptuadas sus acciones, billetes, letras de cambio, pólizas y demás documentos del impuesto del papel sellado y de otros derechos de timbre y excepción del impuesto de patentes. c) El de estar exentos de contribuciones directas o impuestos, sean nacionales o municipales, así como sus acciones y las rentas que éstas produzcan. Art. 3º.) Durante estos 25 años, salvo el caso del establecimiento del Banco Nacional, el Banco gozará del privilegio exclusivo de emitir billetes a la vista y al portador (...). Art. 4º.) El Gobierno nombrará un empleado especial de fiscalizar todas las emisiones del Banco (...) y el sueldo de este empleado será fijado por el Directorio de acuerdo con el Gobierno y pagado por el Banco (...) Art. 11°) el Banco se denominara ‘Banco Anglo-Paraguayo’ y su capital mínimo será de 100 mil libras (...) Art. 13°) en el caso de que el Banco Anglo- Paraguayo optase (no obstante el establecimiento de un Banco Nacional)  a continuar sus operaciones y negocios  en el Paraguay, gozará durante el restante de dicho período 25 años, de todos los derechos y privilegios otorgados por ésta concesión a excepción del derecho exclusivo de emitir billetes de banco... ".21

 

            MISIÓN CUMPLIDA: FUERZAS ARMADAS Y DESARMADAS

 

            Otro hecho digno de mencionar ocurrió durante este segundo quinquenio de la posguerra. La voz de "misión cumplida" retumbó en junio 22 de 1376 22, cuando erguidos y marciales los "civilizados" soldados de la alianza se embarcaban para sus patrias satélites. Las fuerzas extranjeras con sus "libres'' esclavos brasileños desocupaban totalmente el territorio de la República. Terminaba el trabajo de las fuerzas armadas; ya no había necesidad de fusiles ni de matar paraguayos: la economía del país con pasos firmes caminaba hacia Londres y las nuevas fuerzas desarmadas del Imperialismo, por medio de las múltiples ventosas, que fueron estableciendo, empezaban a absorber sin dificultades la riqueza nacional. Los presidentes y sus ministros, diputados y senadores, no ponían trabas a los convenios elaborados en Londres y todos por igual apoyaban la "nueva" doctrina del país regenerado.

 

 

 

NOTAS

 

1 Registro Oficial de la República del Paraguay. Años: 1876 a 1885 (Tomo II). Litogr. Impr. Encuad. Stiller y Laass, San Martín 160, Buenos Aires. Editores Fischer y Quell - Bazar y Librería "La Ciudad de Berlín". Calle Palmas esquina Atajo. Asunción 1987. Páginas 86 y 87.

2 Ídem. Página 116.

3 Ídem. Página 171.

4 Ídem. Página 182.

5 Ídem. Página 359.

6 Ídem. Páginas 496 y 497.

7 Ídem. Páginas 627 y 628.

8 Ídem. Páginas 510 y 511.

9 "Paraguay". Editorial Gráfica "Oceana", Chile 525, Buenos Aires. Páginas 146 a 154.

10 Registro Oficial de la República del Paraguay. Años: 1876 a 1885. Obra citada. Páginas 97 a 102.

11 Ídem. Página 94.

12 Ídem. Página 102.

13 Ídem. Página 103.

14 Ídem. Páginas 104 y 105.

15 Ídem. Página 143.

16 Ídem. Página 153.

17 Ídem. Páginas 167 y 168.

18 Ídem. Páginas 183 y 184.

19 Ídem. Páginas 196, 197 y 198.

20 Ídem. Páginas 408, 409 y 410.

21 Ídem. Páginas 632, 633 y 634.

22 Ídem. Página 92.

 

 

 

 

CAPITULO X

 

LAS PRIMERAS GRANDES INDUSTRIAS EXTRANJERAS

EN EL PARAGUAY

 

            Iniciamos aquí el estudio del vastísimo campo de las inversiones privadas.

            Las industrias extranjeras empezaron por adquirir en propiedad enormes superficies territoriales; o grandes áreas de éstas, estaban cubiertas de los mejores bosques del país. Esta circunstancia hizo posible que las mencionadas industrias se asegurasen una óptima provisión de materia prima, tanto en calidad como en cantidad, con el fin de elaborar tanino, yerba mate, rollizos o maderas. Los ricos campos de pastoreo también sintieron los efectos de la desnacionalización, y en ellos se instalaron las más importantes sociedades ganaderas extranjeras; aunque como esa actividad -por su misma naturaleza- exigió una clase de inversiones diferente a la requerida por la explotación industrial, fue incluida en un tema que analizamos anteriormente.

            Las tres áreas de operación de las inversiones extranjeras fueron el sector de los quebrachales, el de los yerbales y el de las praderas. Estos renglones, que representaban los recursos naturales más valiosos del país, se constituyeron en los atractivos casi únicos para la inversión foránea, pudiendo afirmarse que uno de estos sectores constituyó siempre la actividad principal de cada una de las empresas extranjeras.

            Debemos aclarar, sin embargo, que ninguna de estas empresas dejaba de explotar también -y en forma paralela- los otros renglones que no eran su actividad principal; por ejemplo una industria taninera también se dedicaba a la exportación de rollizos y contaba con sus estancias, y la industria de la yerba mate también se dedicaba a la explotación maderera, etc. (*)

            Nuestro objetivo es el análisis de los resultados de estas inversiones para poder ofrecer nuestro juicio final sobre si fueron o no convenientes para el país. Pero ello, nos obliga previamente a caracterizar las empresas extranjeras, al par que la presentación de cada una de ellas con el propósito de encontrar los datos básicos indispensables que nos permitan llegar a nuestra meta final.

            Por tales motivos, comenzaremos por historiar brevemente cada una de las principales y casi únicas industrias extranjeras que se instalaron en el país hacia fines del siglo pasado y a principios del presente.

            Carlos Casado Limitada, Campos y Quebrachales Puerto Sastre S.A., Quebrachales Fusionados S.A., New York Paraguay Company S.A., The American Quebracho Company, River Plate Quebracho Company, Estancias y Quebrachales Puerto Galileo S.A. y la Forestal del Paraguay S.A.; en el sector de los yerbales estudiaremos únicamente a la sociedad anónima La Industrial Paraguaya, mientras que en el sector de las praderas ya hemos presentado a las principales firmas ganaderas que las explotaron, habiéndolo hecho en capítulo aparte, por sus características propias y diferentes a las de las industrias del sector forestal.

 

CARLOS CASADO LIMITADA

 

            "...no hablemos de la sucesión de Don Carlos Casado, cuyas 3.000 leguas originarias despertaron la sonrisa incrédula de los ingleses cuando se anotaron en las pizarras de la bolsa de Londres...

            Don Carlos Casado, su poseedor inicial, los adquirió por 2 reales, como vulgarmente se dice...".1

            Se trata de uno de los primeros latifundios y el más extenso del Paraguay. En 1886 o 18872 se fundaba la saciedad de Carlos Casado, quien llegó a comprar al Estado paraguayo, la increíble cantidad de 3 mil leguas cuadradas en el Chaco, con praderas, montes y bosques de quebrachales y que incluían 48 leguas sobre el río Alto Paraguay.

            El valor de la gigantesca finca nunca fue posible determinar, y hace más de medio siglo que los escritores afirmaban: "...es imposible hacer un cálculo general de la riqueza forestal de aquellos campos..."3; "...las fértiles y ricas tierras del Chaco..."4; mientras que otros escribían que la finca era una "...fuente de inagotables riquezas, cuyas utilidades..."5

            Más tarde, la familia Casado decidía negociar parte de sus dominios; hacia fines del siglo pasado, todavía sus propiedades mantenían una superficie igual a 5.625.000 hectáreas (3 mil leguas), aunque la determinación de despojarse de parte de las mismas encontraba enseguida a las firmas compradoras. Entre las principales adquirentes cabe citar a la Sociedad Campos y Quebrachales Puerto Sastre, River Plate Quebracho, Puerto María, The American Quebracho y San Carlos. Para 1904, la venta alcanzaba una superficie aproximada de 1.697.500 hectáreas (igual a 900 leguas), a un precio que según Monte Domecq era de 6 pesos moneda nacional argentina6 la hectárea, en término medio, lo cual habría significado para la familia Casado un ingreso de 10.185.000 pesos moneda argentina.

            Según el Centro de Establecimientos Forestales y Ganaderos del Paraguay, entidad argentina,7 Casado Limitada contaba en 1911 con propiedades en el Chaco paraguayo equivalentes a 1.640 leguas cuadradas de superficie, igual a 3.075.000 hectáreas; Eduardo Casado con 60 leguas y Alberto Casado con 20 leguas (vale decir, 150.000 hectáreas entre ambos). Estas cifras daban un total de 3.225.000 hectáreas pertenecientes a la familia Casado.

            La fábrica de tanino de Puerto Casado, en sus inicios por el año 1889, producía 1.000 toneladas anuales, en 1910 y 1911, subía a 4.200 toneladas8 y para 1913 o 1914, "... de cada cosida salen de 10 a 120 bolsas de 50 kilos de tanino. Diariamente el establecimiento elabora alrededor de 300 bolsas…",9 es decir, la producción era de unas 5.400 toneladas anuales.

            Se afirmaba también 10 "…que la producción iría en aumento y que muy en breve llegaría a las 7 mil toneladas, especialmente, cuando se concluyeran las obras de ampliación de la fábrica en las que trabajaban mil obreros disfrutando los beneficios de la instrucción (...)", agregando otro autor" "que la empresa tenía en explotación (1911) 20 leguas de bosques y que para el transporte de los productos a la fábrica se empleaban 700 hombres, dos mil bueyes y 150 carros alzaprimas (...). Además, de la casa particular de los propietarios -que tenía todas las comodidades del confort moderno- con luz eléctrica, ventiladores, etc., existían locales propios para Comisaría, Juzgado de Paz y escuela elemental, donde recibían instrucción los hijos de los obreros. También había como 100 casas para los empleados y peones (...) contando además con almacenes, boticas, panaderías, etc."

            "La fábrica estaba montada con las maquinarias más modernas entonces conocidas (...), además, se exportaba quebracho en rollizos (...). En la propiedad existían 34 kilómetros de ferrocarril en explotación, con telégrafo y teléfono en toda su extensión y 20 kilómetros de vía más en construcción. Los Puertos que la empresa había habilitado sobre el río Alto Paraguay eran: Puerto Casado, Puerto San Alberto y Puerto Médanos. La compañía poseía el remolcador "Desarrollo", un vapor botado en Glasgow y capaz de cargar mil toneladas y un chata en construcción de 800 toneladas de capacidad (...) destinados exclusivamente al transporte de sus cargas desde la fábrica a Buenos Aires y viceversa. El tanino y el quebracho extraídos eran trasbordados a los vapores que hacían la travesía a Europa y Norte América".12

 

LA COMPAÑÍA Y LA GUERRA DEL CHACO

 

            La empresa Carlos Casado Ltda. "tuvo fundamental importancia para la movilización del ejército paraguayo en campaña durante la guerra del Chaco; sus ferrocarriles recorrieron 276.400 kilómetros y se transportaron 243.621 oficiales, tropa y prisioneros, y sus camiones también fueron utilizados por el ejército. La estrecha colaboración de esta empresa a la victoria del Chaco, dio motivo a que en fecha julio 5 de 1933, el entonces Coronel José F. Estigarribia le dirigiera una atenta nota ofreciendo en obsequio el primer fusil arrancado del enemigo. En fecha julio 19 de 1961, por Resolución Nº 404, el Ministerio de Defensa Nacional le confería la "Medalla del M. de D. Nacional" 13 Un informe secreto del Colegio Nacional de Guerra decía en parte que Carlos Casado Ltda. "prestó inmensurable servicio al ejército en campaña durante la Guerra del Chaco".14

            Pero tampoco olvidemos que el Ejército Nacional derramó su sangre en defensa también de la propiedad de los Casado, y que murieron por esos territorios que no eran

suyos más de 30 mil paraguayos. Aun más, y como bien expresaba en otro párrafo el informe citado, al referirse a las operaciones de los Casado, "la economía fue dirigida a servicio de la empresa, no al servicio del Hombre"; y en esas mismas tierras ajenas donde el pueblo moría luchando contra el invasor, había sido por generaciones saqueado en su sacrificio y trabajo. Y lo viene siendo desde la última década del siglo pasado hasta nuestros días. (Más adelante nos ocuparemos mejor de este tema.)

 

LOS INGLESES Y CASADO

 

            Carlos Casado del Alisal nació en Valencia en 1833. Radicado en Rosario se dedicó al comercio y fue uno de sus pioneros. Allí fundó el Banco Carlos Casado (1864) y fue facultado para emitir billetes, siendo de 10 pesos plata boliviana el de mayor valor. Al año siguiente el Banco de Londres y Río de la Plata adquirió a Casado el activo y el pasivo de su banco. La percepción de los importes correspondientes a las acciones del Ferrocarril Central Argentino, inicialmente recaudados por el Banco Mauá y Cía., estuvo a cargo del Banco Casado. En aquella empresa ferroviaria Casado era tesorero del directorio.15

            La compañía anónima formada para la explotación y construcción del Ferrocarril Oeste Santafecino, tuvo su origen en una ley-contrato sancionada por el Gobierno con el señor Carlos Casado en el año 1881. El capital social fue autorizado entonces hasta 750 mil pesos fuertes; más tarde aumentó hasta 12 millones pesos oro sellado, habiéndose emitido y realizado para el efecto acciones de valores diferentes.

            Los señores Baring Brothers y Co., y Bishopsgate St. Within E. C., hicieron en Londres tres emisiones de bonos de la compañía de Casado, siendo en 1899 los señores Baring Brothers y Co. Limited los encargados de sus servicios.16

            En el Paraguay, Carlos Casado empezó a incursionar por el año 1866 y la opinión pública del país y hasta algunos llamados estudiosos e intelectuales, lo asociaban a Casado con la idea del "hombre de garras" o del intrépido empresario de la "versión capitalista", que por sus propios medios y deseos de progreso amasó dentro del país toda su inmensa fortuna. Sin embargo, y a través de los datos que insertamos más arriba, podemos demostrar que la imagen nacional de los Casado dista mucho de ser verdadera: también nuestro "emprendedor" del tanino del Chaco paraguayo estaba muy bien ligado a la metrópoli de la época y, en última instancia, en cierto modo, no pasaba de ser sino buen empleado de Londres.

 

CAMPOS Y QUEBRACHALES PUERTO SASTRE S.A.

 

            Esta sociedad fue una de las firmas adquirentes de una parte de las tierras de Carlos Casado, fundada en 1905, sus propiedades cubrían una superficie de 120 leguas cuadradas, o sea, 225.000 hectáreas.17 El puerto de la empresa estaba situado en la margen derecha del río Paraguay, Chaco, donde tenía también sus fábricas y la sede de la administración. Puerto Sastre contaba con un capital de 1,5 millones de pesos oro, dividido en acciones, en el año 1911.18

            La fábrica estaba equipada con modernas y diversas maquinarias productoras de tanino; se comunicaba con el exterior por medio del telégrafo y de los numerosos vapores del Alto Paraguay, que llegaban todos los días hasta sus puertos; 40 kilómetros de ferrocarril recorrían la zona de explotación y éste se utilizaba con exclusividad para el transporte de los rollizos de quebracho hasta la fábrica; asimismo, para la conducción de las demás maderas en vigas destinadas a la exportación.

            Según A. López Decoud,19 la escasez de brazos de 1911 no permitió producir a la fábrica sino un 50 % de su plena capacidad, habiendo exportado el año anterior 5 mil toneladas de tanino a los mercados de Francia, Alemania, Inglaterra, Rusia, Italia, Austria-Hungría y EE. UU. de Norte América. Por otro lado, R. Monte Domecq20 escribe que la misma fábrica y en la misma época, sólo podía producir 3.600 toneladas, es decir, "300 mil kilos mensuales de tanino". Además, el primero establece que en 1911 la empresa ocupaba a 850 obreros, mientras que el segundo dice que en la misma época trabajaban solamente 500 obreros.

            En los dominios de Puerto Sastre existían una comisaría y numerosas viviendas destinadas a los obreros,21 a quienes se proporcionaba higiénicas y cómodas habitaciones.22 Un equipo policial se encargaba del orden y otorgaba garantías para la población; estaba constituido por un destacamento de 11 soldados de línea a cargo de un sargento, todo bajo el comando; de un comisario nombrado por el gobierno, y con sub comisarías diseminadas en las extensas zonas donde se encontraban los obrajes.

            Además de la producción del tanino, la empresa se dedicaba a la agricultura y a la ganadería; cultivaba legumbres y otros productos alimenticios para el sustento de la numerosa población bajo sus dominios. En los extensos campos pastoreaba la hacienda vacuna y se construían bretes y potreros.23

 

 

 

LA EMPRESA Y LONDRES

 

            Según A. López Decoud, Puerto Sastre S.A. vinculaba considerables capitales argentinos a la prosperidad del Paraguay, y era un ejemplo elocuente del vasto campo que las riquezas naturales del país ofrecían al capital extranjero; menciona también que el directorio de la empresa teñía su asiento en Buenos Aires, y que se componía de los siguientes acaudalados capitalistas:

Presidente .................Nicolás Mihanovich

Vicepresidente ......... Adolfo Bancalari

Tesorero ...................  Juan Lavarello

Vocal ....................... Pedro Mihanovich

Síndico......................Federico C. Cook (**)

 

            Las afirmaciones de López Decoud, cuando dice que Puerto Sastre vinculaba capitales argentinos a la prosperidad del Paraguay, serán refutadas más adelante; y ahora nos interesa demostrar que también se torna difícil sustentar la idea de la procedencia argentina del capital de la mencionada empresa.

            Nicolás von Mihanovich ejercía el cargo de Cónsul General del imperio austro-húngaro en Buenos Aires. Hemos visto también (ver Desnacionalización de los Medios de Comunicación y Transporte) que él mismo fue fundador y accionista de una compañía argentina de navegación. Más tarde, ésta se transformó en una sociedad anónima y su directorio central funcionaba en Londres. Curiosamente, Nicolás von Mihanovich ocupaba la presidencia del directorio en Londres a la vez que la presidencia y la administración general del directorio en Buenos Aires. Entre los vocales del directorio en Buenos Aires, figuraba también el nombre de Nicolás Mihanovich (sin el von), quien presumiblemente, era el mismo que ejercía la presidencia de Campos y Quebrachales Puerto Sastre S.A.

            Bastan estas informaciones, para suponer con bastante fundamento, que el capital argentino de Puerto Sastre S.A., que afirma nuestro autor, probablemente estaba integrado en mayor proporción por dinero proveniente de Londres; y que Buenos Aires, en éste como en otros tantos negocios, oficiaba otra vez de sub metrópoli (y bajo las órdenes de Londres) con relación a la siempre periférica Asunción.

 

 

QUEBRACHALES FUSIONADOS S.A. 24

 

            En mayo de 1906, por decreto del gobierno argentino, fueron aprobados los estatutos de Quebrachales Fusionados S.A. Fue una de las empresas más importantes del norte del Paraguay; su capital ascendía a 7,0 millones de pesos moneda argentina, y de esta cantidad -según López Decoud- 4,0 millones se invirtieron en las tierras e instalaciones de la fábrica.

            La empresa tenía tres grandes fábricas: "Puerto María", con asiento en el Chaco; "Puerto Max", en la región oriental, departamento de Concepción y "Puerto Tirol", situado en el Chaco, pero dentro del territorio argentino.

            La primera fábrica contaba con 90 leguas cuadradas, o sea, 178.750 hectáreas de campos y quebrachales. En 1911, la producción se calculaba en 600 toneladas de tanino por mes y ocupaba 700 personas. Para los trabajos de acarreo del quebracho, de los montes a la fábrica, utilizaba 100 carros y 1.500 bueyes.

            Además, con 17 kilómetros de ferrocarril y 20 kilómetros en construcción. La línea telefónica alcanzaba 30 kilómetros y unía la administración con los puestos interiores.

            La segunda fábrica de Puerto Max disponía de 26 leguas cuadradas de superficie, ocupaba 400 peones y la producción mensual ascendía a 300 toneladas de extracto de quebracho; contaba con oficina de correos y telégrafos, escuelas, 30 kilómetros de línea telefónica, 12 kilómetros de ferrocarriles en construcción, 2 remolcadores y 2 chatas, 100 carros y 1.500 bueyes. La fábrica de Puerto Max fue la segunda instalada en el país. Las dos fábricas mencionadas tenían un buen servicio de luz eléctrica y estaban dotadas de poderosas maquinarias.

            La tercera fábrica de Puerto Tirol tenia bajo sus dominios en la Argentina 40 mil hectáreas y producía en 1911, 670 toneladas mensuales de extracto de quebracho; contaba además con 54 kilómetros de ferrocarril para el transporte de sus productos.

            En síntesis, la empresa tenía en el Paraguay 227.500 hectáreas, y en la Argentina 40 mil hectáreas. Las tres fábricas producían en 1911, más o menos, 1.570 toneladas de tanino por mes; disponían de 71 kilómetros de ferrocarril con 32 kilómetros en construcción. Las dos fábricas que operaban en el Alto Paraguay ocupaban a 1.100 peones, 200 carros y 3 mil bueyes.

            El domicilio del directorio estaba en Buenos Aires, calle Lima 1636, y según Monte Domecq, estaba constituido por los más eminentes hombres de negocios de la República Argentina: Dr. Antonio Martínez Rufino (presidente), Federico Gándara (vicepresidente 1º), Bartolomé Ginocchio (vicepresidente 2°), Ing. Ernesto Castelhum (tesorero), Juan Oscamou (secretario), Anselmo Villar, Federico J. Kussow, Jorge Augusto Otamendi, Luis Defferrari, Pedro E. Agustino, Juan Suárez y Antonio L. Agrelo (h) (vocales) y Rogelio de la Riva y Juan Goffre (síndicos).

            Suponemos que los mencionados ocuparon esos cargos antes de 1911, pues A. López Decoud nos ofrece la nomina de los integrantes del directorio que ocupaban los siguientes cargos para el período 1911-1912: Juan Oscamou (presidente), Anselmo Villar (vicepresidente 1°), Remigio Tome (vicepresidente 2°), Ing. Ernesto Castelhum (tesorero), Edmundo J. Wilson (secretario) Dr. Félix Egusquiza (?), Francisco Llames Massini, Luis Defferrari, Mariano D. Bernal, Pedro Huidobro, Juan Suárez (vocales), Rogelio de la Riva, Cipriano Solari, Eduardo Goyenechea (suplentes), Juan Gofre y Ernesto Valle (síndicos).

            Como lo establece el propio nombre de la compañía, ésta fusionó a dos empresas ubicadas en el Paraguay, La Industrial del Chaco, Puerto Tirol, establecida en la Argentina; su centro de decisión, a juzgar por los datos de que disponemos, estaba en Buenos Aires.

 

 

NEW YORK AND PARAGUAY COMPANY S.A.:

PUERTO PINASCO 25

 

            Esta empresa se fundó en Nueva York (USA), en noviembre de 1910. Comenzó sus actividades adquiriendo los bienes de una sociedad ya establecida dentro del país desde el año 1907; se trataba de la Compañía Rosarina de Campos y Bosques, fundada por Santiago Pinasco, Esteban Buseaferri, L. Guglielmi Malberti Copello y Cía., y con un capital inicial de 1,5 millones de pesos oro sellado.

            La Compañía Rosarina tenía sus dominios en el norte del Chaco, sobre el río Paraguay, en el lugar denominado Puerto Pinasco. Poseía 200 leguas cuadradas de campos y quebrachales, o sea, 375 mil hectáreas, donde construyó 41 kilómetros de ferrocarril con el objeto de facilitar el transporte de la materia prima, desde los bosques hasta la fábrica. Su producción principal -durmientes y rollizos de quebracho colorado- se exportaba a Buenos Aires.

            A pesar de los éxitos económicos, esta compañía fue vendida en 1910 a la empresa norteamericana New York And Paraguay Co. S.A., y el capital original de 1,5 millones se elevó a 17,0 millones pesos oro sellado, lo que la convirtió en una de las compañías más grandes y poderosas de las establecidas en el Chaco.

            Algunos escribieron que "...sus campos, son campos vírgenes, llenos de inmensos bosques conteniendo quebrachos y otras maderas duras, en cantidad tan asombrosa que hay materia prima para una explotación indefinida. En estos campos existía una misión colonizadora inglesa, dedicada a la civilización de indígenas, morando aún allí numerosos sacerdotes ingleses, dedicados a esa cultura evangélica, dignos de todo sentido de alabanzas..."(?)

            La New York, al igual que la Compañía Rosarina, se dedicaba a la explotación en gran escala de los rollizos de quebracho colorado, y en aquel entonces, proyectaba prolongar 40 kilómetros más la vía del ferrocarril. Poseía también una estancia, con 6 mil cabezas, introduciendo los mejores reproductores desde el exterior.

            Puerto Pinasco está situado sobre el río Paraguay, y a 275 kilómetros al norte de la capital; su población en 1911 era de mil habitantes, y las operaciones portuarias se realizaban por medio del remolcador "Dorothy" y una lancha a nafta, ambas propiedad de la empresa.

            La fábrica, la administración y demás dependencias contaban con instalaciones de luz eléctrica y todo género de comodidades para el numeroso personal; en sus inicios la New York ocupaba a no menos de 500 peones.

            Los productos de la nueva empresa eran vendidos directamente a Nueva York (USA), y el transporte se hacía por medio de los buques propiedad de la empresa: "Rosario", con 1.000 toneladas de porte, que transportaba el quebracho hasta el puerto de Colastine (Argentina); de aquí eran trasbordados hasta su destino final. Además, la empresa contaba con el remolcador "Lidia", de 25 toneladas, y con las chatas New York 1°" y "New York 2°", de 200 y 150 toneladas, respectivamente.

            Fundaron la New York and Paraguay Company: William M. Baldwin, J. Rich Steers, John G. Steemken, Federic C. Fuller, Joseph F. Stevens, William C. Low y John C. Symons.

            El primer presidente del directorio fue William M. Baldwin y su primer secretario William C. Low.

            Para 1911 las autoridades del directorio en la ciudad de Nueva York cambiaron, y ocupaban algunos de los más importantes cargos, los siguientes:

Presidente ......................... Joseph E. Stevens

Gerente América del Sur.... Randolph G. Ward

Gerente Ayudante ............. William A. Wheeler

 

            El centro hegemónico de la New York and Paraguay Company aparece con toda claridad: los miembros del directorio y su capital eran norteamericanos, y la sede principal de la empresa tenía su domicilio en Nueva York (USA).

 

 

CAPITAL USA: YOU ARE WELLCOME!

 

            La incorporación de esta poderosa empresa forestal de exportación, de capital USA en su totalidad, no pasó inadvertida en el Paraguay de entonces; acusó impacto en nuestros escritores R. Monte Domecq y A. López Decoud, quienes con mucha "ingenuidad" se disputaron por el mejor "wellcome" para la New York and Paraguay Company.

            El primero escribía que "...es digno de hacer notar que esta compañía es la primera fundada en el país por capitales norteamericanos, circunstancia que revela que la fama de la riqueza forestal portentosa del Chaco Paraguayo ha pesado ya los lindes del Plata para llegar a las regiones del Norte de nuestro continente. Y es de felicitarse que el capital norteamericano, tan emprendedor y tan activo, se incorpore a los factores de la riqueza nacional en forma tan propicia para el desarrollo de industrias como la presente, que constituye una de las grandes fuentes productoras de la economía nacional...". No menos corto ni ingenuo el segundo expresaba que "... empresas como esta, que al honrar al país contribuyen de modo tan poderoso al desarrollo de sus nacientes industrias, son, por todo concepto, acreedoras al estímulo y a la consideración de los poderes públicos, porque de su prosperidad depende la iniciación de una corriente de capital norteamericano, activo y emprendedor, que cambiaría en pocos años, de lento en rápido, nuestro desarrollo económico...".

            Es verdad que esta empresa fue la primera sociedad anónima fundada en Nueva York que operaba en el país, pero no es verdad que la New York and Paraguay Company fuera la primera en traer capitales de USA al Paraguay.

            El norteamericano Edward Hopkins, ya en la época de Carlos Antonio López, fundó un establecimiento en Villeta -cerca de Asunción-, pero las condiciones y circunstancias de entonces eran totalmente diferentes. El proceso independiente de desarrollo económico, controlado y dirigido por el gobierno paraguayo, condicionó en forma conveniente al interés nacional las inversiones y actividades del citado Hopkins. Este, al no cumplir con sus obligaciones, hizo que el gobierno de López decidiera la confiscación de todos los bienes y propiedades del inversor Hopkins, y este hecho dio lugar a un prolongado conflicto en las relaciones de Paraguay y Norteamérica.

            Pero esto ocurría en 1855, antes de la guerra de la Triple Alianza y cuando el Paraguay era independiente. La New York and Paraguay Company visitaba el país en la segunda etapa de su vida nacional, en el período de la entrega y de la dependencia.

            También se equivocaron nuestros escritores cuando afirmaron que la fundación de la New York and Paraguay Company revelaba que la fama de la gran riqueza forestal del Chaco recién sobrepasaba la órbita del Plata. Ya en tiempo de López el comandante Page del buque norteamericano "Water-Which" incursionaba por los ríos interiores del país para llevarse las muestras de la cáscara de "curupay" y otros productos nacionales. Además, las leguas y leguas de Carlos Casado ya se habían anotado en las pizarras de la bolsa de Londres y los Mihanovich manejaban desde directorios londinenses sus quebrachales de Puerto Sastre (Chaco) y su compañía de navegación.

            La "portentosa" riqueza forestal del Chaco y la existencia de otros recursos naturales en el país, se conocía más allá de los mares ya antes de mediados del siglo anterior. De no ser así, quizás no hubiera existido la Triple Alianza ni los ingleses hubieran financiado esa guerra.

            Hablando de inversión norteamericana, vale la pena mencionar una nota curiosamente profética. Buenaventura Decoud escribía a Félix Egusquiza en 1855: "...particularmente llamo su atención sobre la águila norteamericana, que con el cañón, y el dinero quiere absorberse a toda la América..."26

            A más de un siglo de aquella predicción, la compañía New York and Paraguay Company se esfumó del país: terminó el botín, no hay más riqueza forestal, el águila ya no pudo comerse ni quebracho, ni tanino, ni rollizo..., todo se agotó y llegó la hora de volar.      

            Más adelante abordaremos el tema, pero ahora es oportuno adelantar: Puerto Pinasco, con su floreciente fábrica, sus cómodas viviendas y todos sus edificios, hoy día se encuentra sin techos y en ruinas, y como si la ciudad hubiera sido bombardeada. Un informe que más adelante será comentado nos dice: el puerto quedó convertido en barranca de desolación. Su población hambreada corrió a buscar otros refugios y hasta el gobierno tuvo que tomar medidas de emergencia para concurrir en ayuda de las familias que quedaron en total desamparo y abandono. Es que el botín terminó.

            El estado mayor de esta compañía no radicaba en Londres. El poder hegemónico partía de New York City. El capital USA prefería no valerse de testaferros actuaba directamente al frente de su empresa, y Buenos Aires aquí no aparecía.

            A través del lejano termómetro del Chaco paraguayo de aquella época, se podía observar un franco ascenso en el grado de competencia que el capital norteamericano estaba haciendo al capital del imperio inglés.

 

 

THE AMERICAN QUEBRACHO COMPANY

 

            La compañía The American Quebracho, en 1910, era propietaria en el Chaco de una superficie igual a 412.500 hectáreas de superficie.27 En 1911 la empresa Sindicato Puerto Guarany acababa de constituirse, y The American negoció parte de sus tierras a favor de ésta. Según R. Monte Domecq 28 el Sindicato adquirió 78.750 hectáreas y todavía quedaba en poder de la compañía The American 178 leguas cuadradas, es decir, 333.750 hectáreas.29

            Los bosques de la The American Quebracho Company eran de una riqueza "portentosa" en quebracho y otras maderas duras. La empresa tenía instalaciones de maquinarias, 27 kilómetros de vía ferroviaria con todo el material rodante, grúas de vapor y una línea telefónica que comunicaba a los obrajes interiores con la administración general.30

            La administración del nuevo Sindicato estaba en el Puerto Guarany, sobre el río Paraguay y a 40 kilómetros de Fuerte Olimpo; en este puerto atracaban los vapores para cargar los rollizos y otros productos de la fábrica. En sus dominios existían muchos edificios: escuela, comisaría, almacén, restaurante, panadería, y todos por igual, contaban con servicios de luz eléctrica y agua corriente. La compañía poseía un aserradero movido por un gran motor de 150 HP, locomóvil de 15 caballos de fuerza, taller mecánico anexo a la fábrica, herrería, carpintería y todos los elementos de fundición. En 1911, se instaló la fábrica de tanino como para producir 450 toneladas anuales. Se ocupaba de 400 a 500 peones, mil bueyes y 60 carros.

            No disponemos de los datos sobre la composición y lugar de residencia de los directorios de estas empresas. Pero como en aquella época, las compañías extranjeras eran menos "cautas" que hoy día, quizás sus nombres en inglés puedan servirnos de guía razonable como para suponer la procedencia de sus capitales, y en consecuencia, el lugar de sus centros hegemónicos.

 

 

RIVER PLATE QUEBRACHO COMPANY

 

            La River Plate Quebracho Company, en 1910 era propietaria en el Chaco de 187.500 hectáreas de superficie;31 fundamentalmente, eran bosques de quebrachales los que cubrían estos dominios.

            La River Plate tenía una gran fábrica de tanino sobre el río Paraguay, en el lugar denominado Palma Chica; éste, a la vez, se constituyó en el puerto de exportación de los productos de la fábrica.

            La empresa instaló en sus tierras 35 kilómetros de ferrocarril para el transporte del quebracho y otras materias primas forestales desde el interior hasta la fábrica.

            A igual que la empresa anterior, The American Quebracho Company, no disponemos de otros datos sobre esta compañía; sin embargo, hemos encontrado en una publicación argentina algunos antecedentes de otras empresas también denominadas River Plate.

 

            ORÍGENES DE LA RIVER PLATE

 

            River Plate Fresh Meat Company Limited: según el Anuario Pillado,32 esta compañía se formó en Londres en 1882, y con el propósito de llevar a cabo varias extensiones de sus negocios, se hizo una reorganización del capital en 1889, y fue registrada oficialmente en Buenos Aires el mismo año. El directorio en Londres estaba constituido así: G. W. Drabble (presidente), H. Bell y Sir J. Pulley Bart (administrador secretario), J. A. Wood. Representación en Buenos Aires, Drabble hermanos.

            River Plate Land and Farming Company Limited: la misma fuente expresa que esta empresa se constituyó en Londres en 1863. Su directorio está en Londres: J. W. Bell (presidente), G. A. J. Bell, E. S. Frish, G. Oliver-Jones y H. B. Wyatt, (secretarios), H. B. Wyatt and Sons.

            Estas empresas fundadas en Londres operaban en la Argentina. Nos parece razonable, aunque sea suponer, que la River Plate Quebracho Company que operó en el Paraguay a principios de este siglo, pudo haber tenido alguna relación de dependencia con respecto a aquellas establecidas en la Argentina.

 

 

ESTANCIAS Y QUEBRACHALES PUERTO GALILEO S.A.

 

            Esta empresa adquirió 187.500 hectáreas ubicadas en el Chaco paraguayo, sobre el río Pilcomayo.33 Se trataba de uno de los grandes establecimientos más próximos a la capital: sus posesiones y administración estaban a sólo 40 kilómetros de distancia de Asunción.

            Según A. López Decoud, las propiedades de Puerto Galileo S.A. estaban cubiertas con riquísimos montes de variadas clases de maderas. Abundaba especialmente el quebracho colorado, que se constituía en 1911 en la principal materia prima para la industria de la sociedad. La fábrica de las más modernas (...) y sus maquinarias para el extracto eran movidas por la electricidad. La producción del tanino podía alcanzar hasta 750 toneladas mensuales. Para facilitar el transporte de la materia prima desde los montes hasta la fábrica, la compañía había construido 30 kilómetros de ferrocarril, y existía un proyecto para construir 40 kilómetros más, con el objeto de extenderlo hasta frente a la ciudad de Asunción; esta nueva sección facilitaría el transporte del extracto a la capital argentina...34

            La compañía, además de su industria principal, poseía 3 estancias con campos excelentes y abundante pastura. En 1911, la población ganadera era de 12 mil cabezas, y el directorio proyectaba elevar este número hasta 40 mil, en razón a las facilidades derivadas de las condiciones de la propiedad. Puerto Galileo contaba con una población de más de 500 personas, y la empresa habilitó casas para los empleados, espaciosos galpones para depósitos y más de 50 ranchos para la peonada y sus familiares.

            Existía una gran casa de negocios, propiedad de la compañía, donde se vendía un buen surtido de artículos generales y de primera necesidad; abarcaba todos los ramos: comestibles, tienda, mercería, ferretería, zapatería, etc. (...), y de allí compraban el personal del establecimiento y sus familiares. La administración facilitaba gratuitamente vacas lecheras para la alimentación de los niños de la población. El puerto contaba con dos vaporcitos y varias chatas (...).35 El capital de la empresa era de un millón de pesos oro sellado.36

 

            EL DIRECTORIO Y LOS INGLESES

 

            El directorio de la sociedad estaba constituido de la siguiente manera:37

 

Presidente.................... Nicolás Mihanovich (h)

Vicepresidente ............ Lorenzo A. Semino (***)

Tesorero ..................... Luis Lavarello

Vocal ......................... Luis Testoni (***)

Suplentes .................. Pedro Mihanovich

                                     Lorenzo Raggio

                                     Manuel Belloni

                                     Alfredo A. Pignone

 

            Nicolás Mihanovich (h) ejercía la presidencia de la empresa Puerto Galileo S.A. y la de Campos y Quebrachales Puerto Sastre S.A. la ejercía Nicolás Mihanovich (a secas); además, Pedro Mihanovich era miembro de los directorios de las dos compañías. El apellido Lavarello, aunque con nombres diferentes, también aparecía ocupando el cargo de tesorero en los directorios de las dos sociedades.

            Por otro lado, Luis Lavarello, tesorero de Estancias y Quebrachales Puerto Galileo S.A., era a su vez, miembro del directorio en Buenos Aires de la compañía de navegación, cuya presidencia en Londres y Buenos Aires la ejercía Nicolás von Mihanovich. (Ver tema: Desnacionalización de los Medios de Comunicación y Transporte.)

            Los datos arriba mencionados nos llevarían a repetir las mismas conclusiones que hiciéramos con relación a la sociedad Campos y Quebrachales Puerto Sastre S.A. Y, para no repetirlas, digamos solamente que también en los dominios de Campos y Quebrachales Puerto Galileo S.A., flameaba una bandera, que representaba a los intereses del imperio británico.

 

 

LA FORESTAL DEL PARAGUAY S.A.

 

            La Forestal del Paraguay S.A. fue formada con capitales argentinos,38 y en 1910 poseía 60 leguas cuadradas de superficie; estas tierras estaban cubiertas de ricos montes de curupay, lapacho, urundey, ibyraró, cedro, petereby.39

            La sociedad poseía otra fracción de tierra, que sumada a la anterior, abarcaba un total de 131.250 hectáreas de superficie.40 Sus dominios llegaban hasta parte de los departamentos de San Pedro y Tacuati; tenía un puerto sobre el río Paraguay, y en este lugar tenía el aserradero, la estación del tren, herrería, carpintería, taller mecánico, etc. Además, contaba con una oficina propia de correo y telégrafo, 25 kilómetros de línea telefónica, que comunicaba a la estancia con los montes y la administración, 15 kilómetros de ferrocarriles y 10 kilómetros más en construcción.

            Según A. López Decoud, la empresa tenía 100 carros y ocupaba a 300 peones. En 1911 producía 500 vigas de madera dura mensuales. Se menciona que la exuberancia de los montes de la sociedad era tan notable que algunos calculaban entre 12 a 14 cimientos por hectárea.

            El obraje era el renglón principal de la empresa, pero contaba también con estancias, galpones, corrales, rodeos alambrados, varios tajamares y 3 molinos de viento.

            No disponemos de informaciones relacionadas con la sede ni la composición del directorio de esta sociedad, pero sí encontramos a la Forestal del Paraguay S.A., en una lista de empresas argentinas con inversiones en el Paraguay. (Ver folleto citado: Las Capitales Argentinos en el Paraguay.).

 

 

LA INDUSTRIAL PARAGUAYA S. A.

 

            "…Tacurúpucú es un asiento principal (...) La yerbamate (...) ¡Hay que ver sus bosques! ¡Hay que compenetrarse de su dulce misterio, en el propio solar! El poema se

antepone a la cifra que traduce en bolsas el rendimiento de los molinos...".41

            "El Señor Thomas telegrafió a Mister Binder en Londres presentándole la operación (...) Mister Binder acaba de telegrafiar su conformidad..." 42

 

            La Industrial Paraguaya S.A. se fundó en 1886 y fue la primera gran latifundista de la región oriental: en 1910 poseía, en la mencionada región del país, una superficie igual a 456 leguas cuadradas de yerbales, equivalente a 855 mil hectáreas, y 684 leguas cuadradas de campos y montes, es decir, 1.282.500 hectáreas.43 En consecuencia, la superficie total bajo los dominios de La Industrial Paraguaya ascendía a 1.140 leguas cuadradas, vale decir, 2.137.500 hectáreas.

            Los principales yerbales de la empresa abarcaban las jurisdicciones de Tacurúpucú, Horqueta, Curuguaty, San Estanislao, Ygatimí y Unión. Poseía molinos de yerba en Asunción, Buenos Aires y Corrientes; en esta última ciudad, también contaba con un gran aserradero.

            En aquella época, las ventas de yerba importaban un promedio de 5 millones de kilos anuales, y Buenos Aires se constituía en el mayor mercado de exportación. La actividad principal de La Industrial se concentraba en la elaboración de la yerba mate, pero también se dedicaba a la explotación de la riqueza maderera y a la fabricación de la goma, cuya materia prima, en cantidades significativas, se encontraba dentro de sus dominios.

            Afirma R. Monte Domecq, que también explotaba los ricos bosques que tenía en sus propiedades, y exportaba en gran cantidad al Río de la Plata, maderas en vigas por el

puerto de Asunción y por el de Tacurúpucú sobre el Alto Paraná.44

            La sociedad también se dedicaba a la ganadería, y A. López Decoud menciona que la "poderosa empresa era propietaria de las estancias de San Guillermo, San Blás, Tacurúpucú, Cerro Turín y Panadero..."; y agrega que su territorio era "... una inmensa zona, mayor que los dos tercios de la extensión total del Reino de Bélgica".45

 

            LA INDUSTRIAL PARAGUAYA Y EL BANCO MERCANTIL: DIRECTORIOS

 

            El primer directorio de La Industrial Paraguaya estaba así constituido:46

 

Presidente ................. Juan B. Gaona

Vicepresidente ...........Antonio Plate

Vocales ......................Rodney B. Croskey, Jorge Casaccia, Gregorio Urrutia

Director Gerente .........Oscar Erck

Subgerente ................. Juan B. Bidondo

Síndicos .....................Ernesto Monti, José Palermo Albano

 

            En gran medida, el capital de la sociedad era de origen extranjero, "...de lo cual se deduce que su primer directorio estaba constituido, en parte, por personas de otras nacionalidades",47 las que además ocupaban los puestos clave de la administración.

            A la vista de dicha nómina -comenta R. Monte Domecq-, el directorio estaba formado con las personas más expectables de la banca y el comercio, y constituían su más alta garantía de honestidad, circunstancias que han llevado a la sociedad al grado de prosperidad en que se hallaba y así la convertía en un orgullo para el país.

            No es difícil comprobar alguna parte de la afirmación de nuestro comentarista; en efecto, el Banco Mercantil del Paraguay, fundado años después que La Industrial Paraguaya, más precisamente en 1891, contaba con un directorio, cuyos miembros también se constituían en los más altos dirigentes de la empresa yerbatera. La del directorio fue así:

Presidente ...................... Juan B. Gaona

Directores Gerentes ....... Antonio Plate, Rodney B. Croskey, Juan Vuyk

 

            La presidencia de los directorios de ambas empresas la ocupaba Juan B. Gaona; Rodney B. Croskey oficiaba de primer vocal en uno y de director gerente en el otro, y Antonio Plate, a cuyas actividades se atribuye la fundación del Banco, ocupaba la vicepresidencia tanto del Banco Mercantil como de La Industrial Paraguaya. En consecuencia, se puede suponer que el Banco fue una proyección de la poderosa sociedad yerbatera.

 

            GRANDES UTILIDADES: GRANDES SOSPECHAS

 

            Aún más, la afirmación de nuestro comentarista con respecto a la prosperidad en que se hallaba la empresa, también resulta fácil comprobar a través de la muy rápida evolución del capital de la empresa.

            "El capital primitivo de La Industrial Paraguaya fue de 1 millón de pesos, y esta suma la invirtió en la compraventa de terrenos";" este monto fue la primera inversión de la empresa, y muy pronto se afianzó hasta llegar a los "3.464.120 pesos oro de capital integrado en 1910, y para el mismo año el capital autorizado era ya de 1 millón de libras esterlinas" (5 millones pesos oro).50

            En la memoria anual de la empresa, correspondiente al año social 1910-1911, en la cuenta de ganancias y pérdidas, las utilidades realizadas importaban 397.525,39 pesos oro,51 y se afirmaba que La Industrial se convertía en "la más poderosa empresa yerbatera del país, y que su desarrollo portentoso ha asombrado a propios y extraños".52

            Pero al mismo tiempo que se verificaba el "portentoso desarrollo" de La Industrial Paraguaya S.A., el Banco Mercantil del Paraguay, también dirigido por Gaona y Plate, acrecentaba su capital de una manera todavía más notable.

            En 1891, el Banco contaba con un capital de 300 mil pesos; para 1892 se elevó a 500 mil, y pasó a ser 1 millón de pesos en 1893.

            El nuevo siglo seguía obsequiando prosperidad al Banco, en 1901 su capital sumaba 2,5 millones de pesos, en 1905 subía a 5,0 millones, y al año siguiente, 1906, el capital ya se duplicaba pasando a ser 10,0 millones de pesos; pero la increíble bonanza continuaba, y para el año próximo de 1907, se duplicaba otra vez, y desde ese año hasta 1910 la cifra continuó constante en 20,0 millones de pesos de capital.53

            El dividendo pagado por el Banco a sus accionistas, era del orden del 15,26 % en 1901; pasó a ser en 1903 el 17,50 %, y subió al 21,80 % en el año 1905.54

            Creemos haber probado suficientemente lo que nuestro comentarista afirmó con respecta a la "prosperidad" de la empresa; pero aquellas referencias que se vinculan a la espectalidad y honradez de los directores no resultan tan fáciles de ser comprobadas: aunque tantas y tan grandes utilidades nos llenen también de tan grandes sospechas...

           

            LOS ORÍGENES DE LA INDUSTRIAL PARAGUAYA S.A.

 

            La yerba y la madera estaban monopolizadas por el Estado en los tiempos del Paraguay independiente; y mientras López todavía defendía una parte del territorio libre (setiembre 27 de 1869), los títeres del Gobierno Provisorio decretaban: "Son libres a la explotación particular los ramos de la yerba mate y maderas monopolizados por los gobiernos anteriores".

            El 9 de junio de 1879 se concedió a Patricio Escobar y Cía., por el término de 10 años, la explotación de los yerbales del Alto Paraná, en la zona comprendida desde la margen izquierda del río Monday, que desemboca en el río Paraná, a distancia de 6 a 8 leguas, arriba de la Villa Azara, hasta "Carema", inclusive. Como compensación de esta concesión se obligó a la compañía de Patricio Escobar a construir a su costa un camino carretero que partiendo de Caaguazú termine en Tacurúpucú (hoy en día, asiento principal todavía de La Industrial Paraguaya S.A.), En la misma, época, un tal Patricio Escobar ocupaba el cargo de ministro de Guerra y Marina; además, el entonces también ministro Bernardino Caballero, firmaba dicha concesión, y se convertía más adelante en uno de los socios fundadores de la sociedad La Industrial Paraguaya.

            Siete años antes del plazo del término de esta concesión, 12 de noviembre de 1883, se autorizaba al P. E. para "negociar con la Empresa del Alto Paraná la renuncia de la concesión que ejercitaba en la explotación de los yerbales de dicha región por ley de 9 de junio de 1.879". Sin embargo, la empresa podía "continuar elaborando las yerbas en la zona de la actual concesión", pero esta vez, "sujetándose a todos los reglamentos, derechos y patentes, de los que se hallaba liberada la empresa por aquella concesión". No cabe duda sobre el cambio de nombre de Patricio Escobar y Cía. por el de Empresa del Alto Paraná.

            Años después, sobre esos mismos dominios que contenían los mejores yerbales del país, empezaba a operar la sociedad que muy pronto se convertía en una de las más poderosas del sector de la yerba mate y una de las más grandes del país: La Industrial Paraguaya S. A.

            En medio de un sucio río revuelto, La Industrial realizó sus operaciones iníciales; y especialmente, aquellas vinculadas con la adquisición de sus inmensos bosques de yerbales y otras riquezas naturales. "... ¿Quién no sabe de las combinaciones de La Industrial para apoderarse de las tierras, los yerbales convertidos en campos y los campos convertidos en yerbales, los montes y los ríos desapareciendo del mapa y surgiendo a 100 leguas de donde tenían que estar, los remates y las ventas, no de terrenos sino de agrimensores y de jueces? A mi vista hay un plano del departamento de Villa Concepción, documento curioso en que se marca el escamoteo de 12 leguas de yerbales por medio de rectificaciones de mensura en propiedades anteriores, a fin de reclamar la compensación de un nuevo yerbal de 12 leguas que se trataba de pescar sin desembolsar un centavo. Y la estafa se hizo, y mil como ella. Pero lo terrible es que el Estado, que no supo defender el territorio, ni sabe hoy siquiera que la Empresa contrabandea a la Argentina millones y millones de arrobas, no supo ni sabe proteger la carne inocente de los ciudadanos. Y La Industrial lleva anualmente la cantidad de víctimas que necesita para llevar a cabo una de las más abyectas explotaciones del mundo moderno".55

            Pero La Industrial Paraguaya no estaba sola; tenía en sus bolsillos a los más "ilustrados" políticos en función de gobierno durante el siglo pasado: "Es sabido que el Estado perdió sus yerbales. El territorio paraguayo se repartió entre los amigos del Gobierno y después La Industrial se fue quedando con casi todo. El Estado llegó al extremo de regalar 150 leguas a un personaje influyente. Fue aquella una época interesante de venta y arriendo de tierras y de compra de agrimensores y de jueces".56

 

 

            Bernardino Caballero, Patricio Escobar y Juan B. Gaona

 

            Fueron presidentes de la República: Bernardino Caballero (1880 - 86), Patricio Escobar (1886 - 90) y Juan B. Gaona (1904-05).

            El mencionado en primer término y sus sucesores en la propiedad de acciones fueron muy favorecidos por los beneficios de "La Industrial Paraguaya". En 1896 los Estatutos de la empresa establecían que "los beneficios líquidos de la Sociedad comprobados por el balance anual (...) de un 8 % corresponderá a los socios fundadores".57 En fecha 3 de febrero de 1890, "reunidos los accionistas en Asamblea General para reformar los Estatutos de la Sociedad, acordaron que se expidiera a los accionistas fundadores o sus sucesores en la propiedad de acciones de la serie A, un certificado que acreditase el beneficio de que gozaban según los Estatutos"

            Otro documento de la empresa menciona que "existen entregados a los socios fundadores el 10 de marzo de 1890, firmados por los señores Pacífico de Vargas, Bernardino Caballero y Francisco Goicochea, Presidente, Director y Secretario respectivamente de la Sociedad en aquella fecha, cuarenta certificados de fundadores que, conforme a lo dispuesto por los Estatutos antiguos, dan derecho al 8 % de los beneficios líquidos mientras dure la Sociedad".59 La misma cláusula antecedente se establece en los Estatutos de la Sociedad publicados en 1916.60 Juan B. Gaona fue derrocado por la fuerza y este hecho suscitó no pocos comentarios dentro del país.

            Hemos observado ya, que Juan B. Gaona era una especie de "mago" de las finanzas. Las empresas por él presididas, La Industrial y el Banco, obtenían "portentosos" beneficios.

            Luego de su destitución de la presidencia, apareció el siguiente reportaje en "El Diario", periódico de la época:

            "Redactor de El Diario -Se le hace a usted (Juan B. Gaona) serios cargos por haber pretendido el Banco Mercantil del Paraguay hacer promulgar varios proyectos que son considerados como contrarios a los intereses nacionales.

            Señor Gaona -Es un argumento que no tiene ninguna fuerza ante el sentido común, porque yo no soy el Banco, Mercantil aunque he sido antes su presidente y soy aún hoy accionista de él (...) mis afinidades con el Banco Mercantil son hoy de simple accionista: no tengo ninguna injerencia en su administración por lo cual soy ajeno a las resoluciones que adopta y a los proyectos que formula... ".61

            En otra parte decía Gaona:    ...posteriormente he sabido que la verdadera causa (de su destitución) estriba en que he pretendido confiar las finanzas del país a una sociedad extranjera, he sabido que se hacía referencia al Banco Mercantil, y eso me ha extrañado mucho (?), porque ese banco constituye una sociedad nacional, fundada aquí, con domicilio aquí, y con capitales de aquí. El Banco Mercantil es, pues, una sociedad nacional por su arraigo y sus estatutos, aunque los capitales sean en parte extranjeros, como sucede con el Banco Paraguayo, La Industrial Paraguaya (el subrayado es nuestro) y otras muchas sociedades que existen en el país... "62

            También expresaba Gaona: "...me olvidaba decir que se ha querido también envolver mi nombre en la aprobación de los últimos estatutos de ‘La Industrial Paraguaya’, siendo así que no tengo en ese asunto injerencia personal..."63

            Y para terminar con nuestro personaje, veamos otros aspectos de la defensa de Gaona: "...Para que se vea la mala fe (de sus enemigos) y la poca nobleza con que proceden los que propalan esa noticia le diré, y eso muchos lo saben, que el viaje a Europa del Señor Plate (su socio) responde a un negocio de ‘La Industrial Paraguaya’ con la sociedad ‘La Fonciére’ (...), y que nada tenía que ver con su supuesto (...) plan combinado con el director gerente de aquel banco, para preparar la negociación de un empréstito en Europa..."64

            Aunque resulte curioso, hemos encontrado estas referencias en un libro que "pretendía" hacer una defensa de la dignidad y honor del ex presidente, y su publicación, nosotros suponemos, había sido financiada por el propio Gaona. Nuestro personaje habría sido un "mago" de las finanzas, y lo fue; pero asimismo, un político poco astuto, y finalmente, ¡un pésimo abogado de sí mismo!

 

            LA GUERRA DEL CHACO, LA INDUSTRIAL Y LOS INGLESES

 

            Pero todo esto es un asunto aparte. Lo que a nosotros nos interesa, y creemos haberlo comprobado, es que La Industrial Paraguaya S. A. contaba con capitales extranjeros y que ellos provenían de Europa.

            Mas, para precisar mejor el lugar de origen de este capital extranjero, veamos lo que el ministro paraguayo en la República Argentina, Vicente Rivarola, nos dice en su libro Memorias Diplomáticas.

            El Paraguay había solicitado préstamos a La Industrial Paraguaya S.A. en Buenos Aires, a causa de los apremios financieros derivados de la Guerra del Chaco, en plena realización entonces, (1934). El citado Ministro escribía:           "...inicié gestiones con el Señor Federico Thomas, Director Gerente de La Industrial Paraguaya en Buenos Aires, para un préstamo de pesos 500 mil moneda argentina (...) acogiendo mi pedido desde el primer momento con la mejor disposición, y prometiéndome su apoyo en lo que él dependiese. Estas gestiones, tuvieron como las anteriores, buen éxito, después de breve tiempo empleado en consultas del Señor Thomas con el directorio de La Industrial Paraguaya en Asunción y con representante o asesor financiero de la misma en Londres, Mister Binder (el subrayado es nuestro), que darían su conformidad con la operación, con la misma buena disposición, autorizándola..."65

            En consecuencia, aparece muy clara la conexión entre Buenos Aires y Londres, y ahora, confirmaremos que en esta última estaba el preciso lugar de donde provenían los capitales para La Industrial. Un telegrama de fecha 18 de junio de 1934, del mencionado Rivarola al ministro de Hacienda del Paraguay, decía: "... gestioné con el Gerente de la Industrial Paraguaya, don F. Thomas, un préstamo de 500 mil pesos moneda argentina (...) el señor Thomas acogió mi gestión desde el primer momento con verdadera simpatía con la sola observación de que el préstamo fuese a cuenta del impuesto territorial (...) Consultó al punto telefónicamente con el Presidente de la Industrial en ésa, señor Cooper, encontrando en él la misma buena voluntad. Y de acuerdo ambos, el señor Thomas telegrafió a Mister Binder en Londres presentándole la operación con sus consejos favorables. Mister Binder acaba de telegrafiar su conformidad..." 66 (El subrayado es nuestro.)

            Las informaciones que nos suministraron el ministro Rivarola y el propio Gaona, nos dicen con meridiana claridad del lugar donde se encontraba el centro de poder y decisión de la sociedad La industrial Paraguaya. Otra vez Londres resultaba ser el asiento de la metrópoli, y esta metrópoli tenía subordinada y usaba a Buenos Aires (sub metrópoli); y desde allí, se trasmitían las órdenes o resoluciones a ser cumplidas por la sociedad en la ciudad de Asunción.

            La Industrial Paraguaya S. A. se convierte así, en    un diáfano ejemplo de la operación imperial, y nos deja percibir ampliamente los diferentes estadios del proceso: se inicia cuando el comando tomaba su resolución desde el centro hegemónico (Londres); éste transmitía su determinación a la sub metrópoli (Buenos Aires), y por último, la resolución se llevaba a la práctica en el país satélite, en nuestro caso el Paraguay, que desde la Triple Alianza continúa como tal.

 

 

 

NOTAS

 

En el sector de los quebrechales, operaron ocho grandes empresas.

* El sector maderero también fue objeto dé operación por parte del capital extranjero, y muchos aserraderos fueron instalados como actividades secundarias por las industrias foráneas.

(**) F. C. Cook and Payton Lumb aparecen en los padrones del Chaco, en 1910, con 846.278 hectáreas. (Ver tema "Desnacionalización de las tierras".)

(***) Lorenzo Semino y Luis Testoni tenían, juntos, la cantidad de 375 mil hectáreas en el Chaco. (Ver lista, en el tema Desnacionalización de las tierras y sus Nuevos Propietarios.)

1 Obra citada de Molins. Páginas 180 y 190.

2 Según A. López Decoud fue en 1887 y R. "Monte Domecq afirma que fue en 1886.

3 Molins. Página 189

4 Obra citada de Monte Domecq. Página 279.

5 Obra citada de López Decoud.

6 Ídem, Página 279.

7 Obra citada. Los Capitales Argentinos en la República del Paraguay; Página 10.

8 Monte Domecq y López Decoud. Obras citadas.

9 Obra citada de Molins. Página 192.

10 Obra citada de López Decoud.

11 Obra citada de Monte Domecq. Página 179.

12 Obras citadas de López Decoud y Monte Domecq.

13 La Nación Guaraní de R. Monte Domecq. Transcripción en un trabajo de Seminario del 5º Curso de la Facultad de Ciencias Contables y Administrativas (Uníversidad Católica). Asunción, 1972.

14 Mercenarios y Monopolios de Rogelio García Lupo. XXXIV Apéndice: Los Lanusse en el Paraguay. Editorial Maglo, Buenos Aires, 1972. Página 164.

15 Revista de Historia de Rosario. Sociedad de Historia de Rosario; Año III Nº 9. Enero-Junio de 1965. Página 25.

16 Anuario Pillado, 1899.- Ricardo Pillado. Imprenta de "La Nación". Buenos Aires, 1899. Páginas 149 y 150.

17 La Propiedad en el Chaco Paraguayo. Talleres Kraus. Asunción 1910. También en obra citada de Molins. Nómina de Terratenientes. Página 180.

18 Los Capitales Argentinos. Obra citada. Página 10.

19 Ídem.

20 Ídem. Página 290.

21 Ídem.

22 Obra citada de López Decoud.

23 Ídem.

24 Ver obras citadas de López Decoud y Monte Domecq. Página 283.

25 Ídem. Monte D. Página 281.

26 Archivo Nacional de Asunción. Nueva Encuadernación. Vol.   Año 1855.

27 Obra citada, La Propiedad en el Chaco Paraguayo.

28 Ídem. Página 287.

29 Obra citada, Los Capitales Argentinos en la República del Paraguay.

30 Obra citada de Monte Domecq. Página 287.

31 Obra citada La Propiedad en el Chaco Paraguayo.

32 El Anuario Pillado (1899) citado. Páginas 176 y 177.

33 Nuevo Mapa Catastral del Chaco Paraguayo. Augusto y Carlos Cálcena, Editor A. Espíndola. Buenos Aires. Año (?)

34 Ídem.

35 Ídem.

36 Obra citada. Los Capitales Argentinos en la Rep. del Paraguay.

37 Obra citada de López Decoud.

38 Obra citada. Los Capitales Argentinos en la Rep. del Paraguay.

39 Obra citada de López Decoud.

40 Obra citada en 38.

41 Obra citada de Molins. Página 146.

42 Memorias Diplomáticas. La Guerra del Chaco, de Vicente Rivarola (Tomo III). Editorial Ayacucho, Buenos Aires, 1957. Página 90.

43 La Industrial Paraguaya a sus Favorecedores. (Folleto con mapa.) Talleres Nacionales H. Kraus. Asunción, 1910.

44 Ídem. Página 211.

45 Ídem.

46 Obra citada de Monte Domecq. Página 211.

47 Trabajo de Seminario de la Universidad Católica, Citado, 1972.

48 Obra citada de A. López Decoud.

49 Trabajo de Seminario, citado.

50 La Industrial Paraguaya a sus Favorecedores (folleto), citado.

51 Obra citada de A. López Decoud.

52 Obra citada de R. Monte Domecq. Página 211.

53 Cuestión Monetaria del Paraguay. Fulgencio R. Moreno. Autor también del Resumen de la Historia Económica, publicado dentro de la obra citada de A. López Decoud. Páginas 98 y 99.

54 Ídem. Página 98.

55 Obra citada de R. Barret. Página 176.

50 Obra citada de R. Barret. Páginas 158 y 159.

57 Estatutos de la Sociedad Anónima la Industrial Paraguaya, Art. 41, páginas 11 y 12. Talleres Nacionales de H. Kraus. Asunción, 1896.

58 Estatutos de la S.A. La Industrial Paraguaya, pág. 11. Talleres Nacionales de H. Kraus. Asunción, 1901.

59 Estatutos de la S.A. La Industrial Paraguaya, pág. 10. Talleres de "El Diario", Montevideo 170. Asunción, 1905.

60 Estatutos de la S.A. La Industrial Paraguaya, pág. 13. Talleres Gráficos La Colmena, calle Ayolas 131. Asunción, 1916.

61 Don Juan Bautista Gaona. Colección de datos Referentes a su Arbitraria Destitución de la Presidencia de la República. Talleres de "El Diario". Montevideo 170. Asunción, 1906. Página 32.

62 Ídem. Página 26.

63 Ídem. Página 32.

64 Ídem. Páginas 30 y 31.

65 Memoria Diplomáticas de Vicente Rivarola, ya citado. Página 90.

66 Ídem. Página 91.

 

 

 

 

INDICE

 

A MODO DE PORTADA, León Pomer

PREFACIO   

PRIMERA PARTE

CAPITULO I

LA DOCTRINA DEL PARAGUAY "REGENERADO"

Acta de Instalación del Gobierno Provisorio de la República del Paraguay (16). Manifiesto del Gobierno Provisorio (17). A los habitantes de la República (22). El Presidente de la República al Pueblo (23). Triple Alianza contra desarrollo independiente (24).

CAPITULO II

DE LA TEORÍA A LA PRÁCTICA

Guerra al monopolio (30). La esclavitud y la legislación laboral (30). El "criminal" Dr. Francia (33). El empréstito (34). Mueren: López y la independencia (35). Votos de gratitud (36). Impuesto: sólo por excepción (37). Intereses materiales de la doctrina (38).

APÉNDICE

Más sobre la esclavitud: Brasil y Paraguay (40). López no se rindió (42).

 

SEGUNDA PARTE

DE LA INDEPENDENCIA A LA DEPENDENCIA

CAPITULO III

REMATE, HIPOTECA Y EMPRESTITO (1870-1875)

Ferrocarriles (51). Bancos (53). De la Mano: dependencia y corrupción (54).

CAPITULO IV

LA VENTA CONTINUA (1876 -1880)     

Un elemento clave (58). Londres: convenio histórico (60). Pronta digestión (64). Problemas... en Londres (66). Continúa la entrega (67). En el sector bancario (69). Misión Cumplida: Fuerzas Armadas y desarmadas (70).

CAPITULO V

ENTREGA Y DESNACIONALIZACION (1881-1890)  

En el sector bancario (75). Londres: empréstitos, ferrocarriles y tierras (76). Aceleración del proceso (78). Stewart y Mr. Bouverie desde Londres (80). El mensaje del Ejecutivo (82). Desnacionalización parcial (83). En el mismo día (84). Mayor endeudamiento (86). Representaciones: ingleses e ingleses (87). Un imperialismo adolescente (89).

ANEXO

Documento I: Mr. Bouverie al Presidente de la República (91). Documento II: Mr. Stewart al Ministro del Interior (92). Documento III: La Aceptación del Presidente de la República (93). Documento IV: El Presidente de la República al Congreso Nacional (94). Documento V: Mr. Henry Valpy al Ministro del Interior (95). Documento VI: La Forma de Pago por los Ferrocarriles (96). Documento VII: La Inversión del Producto de la Venta del Ferrocarril (97). Documento VIII: La Garantía Acordada a "The Paraguay Central Railway Company" (99).

CAPITULO VI

EMPRESAS EXTRANJERAS Y RECURSOS NATURALES (1891-1900)

En el sector ganadero (105). Londres: directa o indirectamente (105). Pequeños desacuerdos (107). Representaciones: Londres y Paraguay (108). Franca continuidad de USA (110).

ANEXO

Documento I: Modificaciones a los Estatutos de la "Sociedad Industrial Paraguaya" (113). Documento II: Bases de arreglo de la garantía del Ferrocarril Central del Paraguay (114). Documento III: Bases de arreglo de la deuda externa (118).

 

TERCERA PARTE

CAPITULO VII

EXTRANJERIZACIÓN DE LOS SECTORES DEL COMERCIO Y DE LA GANADERIA

El sector comercial (127). El sector de la ganadería. (130). Estancia "Société la Fonciére du Paraguay" (130). Estancia "Liebig's" (131). El origen de la Liebig's (132). Estancia "Cooper and Nephews" (132). Estancia "La Rural Anglo-Paraguaya S.A." (133). Estancia "La Rural Argentino-Paraguaya S.A." (133). Estancia "Land and Cattle Company" (134). "Cow boys": curiosa historia (135). El saladero de "Pedro Risso" (130). El saladero del "Dr. Kemmerich" (137). Los Ingleses; el extracto de la carne y la carne conservada (138),.

CAPITULO VIII

DESNACIONALIZACIÓN DE LOS MEDIOS DE COMUNICACION Y TRANSPORTE

Compañía de Navegación "Nicolás Mihanovich Limitada S.A." (143). Empresa "The Paraguay Central Railway Company Limited" (145). Londres: el vampiro de los fletes (148).

CAPITULO IX

DESNACIONALIZACIÓN DE LAS TIERRAS Y DE OTROS RECURSOS NATURALES

Las tierras en la región del Chaco: año 1910 (153). Los pequeños propietarios (154). Los propietarios medianos y latifundistas (155). La mención de Carlos Casado (156). Bancos: ingleses, franceses y del Río de la Plata (156). Las tierras de la región oriental (157). La Industrial Paraguaya S.A. (157). La cuantificación de la entrega del Chaco (157). Las tierras y los ingleses: empréstitos de 1871 y 1872 (sin comentarios) (159).

ANEXO

Detalle de los grandes propietarios extranjeros del Chaco (Año 1910) (161).

CAPITULO X

LAS PRIMERAS GRANDES INDUSTRIAS EXTRANJERAS EN EL PARAGUAY Carlos Casado Limitada (170). La Compañía y la guerra del Chaco (172). Los ingleses y Casado (173). Campos y Quebrachales Puerto Sastre S.A. (174). La empresa y Londres (175). Quebrachales Fusionados S.A. (177). New York and Paraguay Company S.A. Puerto Pinasco (178). Capital USA: ¡You Are Wellcome! (180). The American Quebracho Company (183). River Plate Quebracho Company (184). Orígenes de la River Plate (184). Estancias y Quebrachales Puerto Galileo S.A. (185). El directorio y los ingleses (186). La Forestal del Paraguay S.A. (187). La Industrial Paraguaya S.A. (188). La Industrial Paraguaya y el Banco Mercantil: directorios (189). Grandes utilidades: grandes sospechas (190). Los orígenes de La Industrial Paraguaya S.A. (191). Bernardino Caballero, Patricio Escobar y Juan B. Gaona (193). La guerra del Chaco, La Industrial y los ingleses (195).

 

CUARTA PARTE

CAPITULO XI

PROCESO A LAS PRIMERAS COMPAAIAS EXTRANJERAS EXTRACTIVAS DE EXPORTACIÓN

Características Comunes (201).

CAPITULO XII

DEMOSTRACIÓN DEL IMPERIALISMO (I)

Primera Inversión: el precio de la desnacionalización (206). El precio de la especulación (208). Segunda inversión (209). Las industrias extractivas (211). Terminó el botín y se fueron (217).

CAPITULO XIII

DEMOSTRACIÓN DEL IMPERIALISMO (II)

Los peones ocupados (221). Salarios y mercaderías (222). Plusvalía: el plan empezó en 1869 (224). Almacenes, jueces y comisarios (226). El "anticipo": una institución (227). Política de la "barriga llena" (228).

CAPITULO XIV

DEMOSTRACIÓN DEL IMPERIALISMO (III)

Reinversiones y rapiña (231). Compañías extranjeras y ultra subdesarrollo (231).

 

 






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